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Agua, paz y derechos humanos

Por Rodolfo Moreno Cruz*
lunes, 6 de noviembre de 2017 · 00:00

Hace tiempo que John F. Kennedy elaboró una frase contundente sobre la importancia del tema del agua. Su frase, ya ubicada en el catálogo de la memoria mundial, dice lo siguiente:

“Quien fuere capaz de resolver los problemas del agua, será merecedor de dos premios Nobel, uno por la Paz y otro por la Ciencia”. Y aunque algunos expertos, entre ellos Aaron Wolf, consideran una utopía la lucha por el agua, otras personalidades, como la reconocida científica y ecologista Vandana Shiva — en su libro Water Wars: Privatization, Pollution, and Profit—, han documentado los alcances de una lucha por el agua en todo el mundo.

En realidad, el tema del agua en nuestros tiempos si ha exhibido lo explosivo que puede ser la disputa por apropiación. Uno de los casos representativos es el de “Cochabamba”. Como se recordará, esto sucedió en el municipio del mismo nombre perteneciente a Bolivia. Los hechos a grandes rasgos fueron los siguientes: el gobierno municipal otorgó una concesión a empresas privadas para solucionar el problema del agua (proyecto múltiple Misicuni) pero pronto resultó que la concesión en lugar de beneficiar a la población la perjudicaba.

Las manifestaciones no se dejaron esperar y al final, con un enfrentamiento trágico en febrero del año 2000 entre el gobierno y los inconformes, concluyó con la cancelación de la concesión. Otro de los casos, es el llamado “las viudas del pozo del agua”. Sucedió en Somalía y el conflicto fue entre dos grupos étnicos de la población en razón a la propiedad y explotación de un pozo de agua. La lucha, se documentó, arrojó cuando menos un total de 250 muertos.

Pero la pugna no es exclusiva de sociedades ajenas a la nuestra. En el primer Congreso de la Red de Investigadores Sociales Sobre el Agua celebrado en marzo de 2010, se documentaron potenciales conflictos en múltiples zonas de México.

Por ello, México reformó en el año 2012, su artículo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y actualmente en el párrafo sexto del aludido artículo ya reconoce el derecho humano al agua cuando establece lo siguiente: Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible”.

La idea tiene fundamento en diversas disposiciones internacionales que han venido consagrando el derecho al agua como un derecho humano. Efectivamente, en la Declaración Ministerial de la Haya del segundo Foro mundial del agua, se estableció que “el acceso y suficiente al agua potable y de saneamiento son necesidades humanas básicas y son esenciales para la salud y el bienestar”. Por otro lado, en la Observación general 15 de Aplicación del Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales se establece que “El derecho al agua consiste en un abastecimiento suficiente, físicamente accesible y a un precio razonable, de un agua segura y de calidad aceptable para usos personales y domésticos”.

Debe tenerse en cuenta que el reconocimiento del derecho al agua en México es un avance importante. Incluso ello ha permitido que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el Amparo indirecto 381/2012 y los Amparos en revisión 234/2014 y 378/2014 haya resuelto algunos casos paradigmáticos. Sin embargo aún falta camino por recorrer. México, tiene que crear una política administrativa eficaz y eficiente para garantizar el derecho humano al agua.

*Licenciado en Derecho con estudios de posgrado en Estado de Derecho y Derechos Humanos
 

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