EL VALLE

Clausuran en SQ cuatro desaladoras

Por no contar con permisos de impacto ambiental, la Profepa declaró el cierre temporal de las plantas ubicadas en el valle
jueves, 27 de abril de 2017 · 00:00
Jorge Perzabal/EL VALLE
jperzabal@elvigia.net | San Quintín, B. C.

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) clausuró de manera temporal cuatro plantas desaladoras de empresas agrícolas ubicadas en esta zona, por no contar con la autorización en materia de impacto ambiental emitida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).
Las empresas Bio-Horticultura Las Parritas, SA de CV, Seminis Vegetable Seeds Mexicana S. de RL de CV, Rancho Pochtlan SA de CV y Rancho San Isidro, SA de CV, dedicadas a la agricultura y exportación de calabaza, pepino, fresas y frambuesas, quienes operaban con cuatro plantas desaladoras ilegales.
Durante las correspondientes visitas de inspección a las empresas se detectó que cada una de ellas contaban con obras hidráulicas inherentes a la instalación y operación de plantas desaladoras, mismas que toman el agua de pozos situados dentro de sus instalaciones y cuya descarga de aguas de rechazo se realiza en reservorios para su evaporación de forma natural.

Personal de la Profepa llevó a cabo una revisión al sistema de desalinización de cada empresa y requirió a los representantes legales, las autorizaciones vigentes y correspondientes en materia de impacto ambiental emitidas por la Semarnat.

 

Legislación vigente
Lo anterior de acuerdo con lo establecido en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (Lgeepa) y su reglamento en materia de evaluación del impacto ambiental se hayan emitido para realizar las obras y actividades detectadas.
Los inspeccionados mostraron únicamente los títulos de concesión por parte de la Comisión Nacional del Agua (Conagua), con lo cual no acreditan haber evaluado los posibles impactos que propiciarían la afectación y alteración al medio biótico y abiótico, así como los posibles efectos sobre el ecosistema.
Debido a que no mostraron las autorizaciones correspondientes para la ejecución de las obras y actividades realizadas, conforme al artículo 170 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, se ordenó como medida de seguridad la "Clausura Temporal” de las cuatro plantas desaladoras.

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