PRINCIPAL

Inician 54 procedimientos a funcionarios incumplidos

lunes, 30 de mayo de 2016 · 00:00
Nicté Madrigal/EL VIGÍA
nmadrigal@elvigia.net | Ensenada, B. C.

A escasas horas de que concluya el plazo para que funcionarios públicos presenten su declaración patrimonial, la Sindicatura Municipal inició 54 procedimientos por el incumplimiento de esta obligación, informó Iván Barbosa Ochoa.

El síndico procurador advirtió que alrededor del 30 por ciento, podría concluir con una inhabilitación por un año.

 

Especificó que los procedimientos a los que ya se le da trámite, son por declaraciones que pendientes del 2014.

 

En lo que respecta al 2015, agregó, un 50 por ciento de los servidores públicos han cumplido con esta obligación.

 

Barbosa Ochoa especificó que la ley establece que la declaración patrimonial inicial, debe ser presentada durante los 60 días naturales siguientes a la toma de posesión del cargo.

 

La declaración de modificación y de conclusión del cargo, debe darse los meses de abril a mayo.

 

Advirtió que la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Baja California establece que si no presentó su declaración inicial, debe ser amonestado si es la primera vez que incurre en esta omisión y no tiene antecedentes.

 Cuando se trata de una declaración de conclusión y la persona ya no está en funciones, automáticamente se hace acreedor a una inhabilitación por un año.

Algunos lo han presentado

Barbosa Ochoa reconoció que hay servidores públicos que han presentado su declaración el 1 de junio, y aunque está fuera del plazo establecido, se toma como "cumplimiento espontáneo”, si hasta ese momento no han sido notificados por no acudir durante el plazo que establece la ley.

 

El síndico procurador observó que el año pasado se venció el plazo para presentar la declaración de conclusión (para todos los funcionarios que ya no están en funciones), y la de modificación, para quienes continuaron en algún cargo, o asumieron otro en la presente administración.

 Al mismo tiempo llamó a quienes no han cumplico con esta obligación, a acudir a la Sindicatura Municipal con su documentación, ya que el plazo vence este martes 31 de mayo.

Qué deben presentar
Declaración de la situación patrimonial, en su caso, acompañada de una copia de la declaración anual presentada por personas físicas para los efectos de la Ley de Impuesto Sobre la Renta, salvo que en el último trimestre del año inmediato anterior o que en ese mismo año, se hubiese presentado la declaración a la que se refiere la fracción I del artículo 78.

Quiénes deben presentar Declaración Patrimonial

  • Presidente Municipal
  • Presidente del Consejo Municipal
  • Síndico Procurador
  • Síndico Social
  • Regidores
  • Consejales
  • Secretarios
  • Subsecretarios
  • Oficial Mayor
  • Secretario de Gobierno Municipal
  • Secretario Fedatario del Ayuntamiento
  • Administrador de la Ciudad
  • Tesorero
  • Subtesorero
  • Recaudador de Rentas Municipal y Recaudadores
  • Recaudadores auxiliares de Rentas Municipales
  • Subrecaudador de Rentas Municipales y subrecaudadores
  • Delegados
  • Subdelegados
  • Secretarios Delegacionales
  • Titulares de las Dependencias
  • Directores
  • Subdirectores
  • Jefes de departamento
  • Oficiales y Suboficiales del Registro Civil
  • Coordinadores
  • Administradores
  • Comandantes, Subcomandantes, Jefes y Subjefes de Policía
  • Supervisores, Comisarios, Auditores, Inspectores, Jueces Municipales o Calificadores Secretarios de Acuerdos y Actuarios de Juzgados Calificadores, Jueces, Secretarios de Acuerdos y Actuarios del Órgano Contencioso Administrativo Municipal
  • Promotores, Integrantes del Órgano de Gobierno de las Entidades Paramunicipales.

...

Comentarios