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Sacan a Avanti de operación

viernes, 3 de febrero de 2017 · 00:00
Nicté Madrigal/EL VIGÍA
nmadrigal@elvigia.net | Ensenada, B. C.

Avanti Logística, S. de R.L. de C.V., fue notificada por autoridades municipales de que, a partir del 25 de enero de 2017, inició operaciones la empresa "Arrastres Ensenada, S. A. de C. V.”, conforme al contrato de concesión que les permite prestar el servicio de arrastre y depósito de vehículos.
De acuerdo con datos del gobierno municipal, el nuevo concesionario puede prestar el servicio dentro de la mancha urbana y las delegaciones de El Sauzal y Maneadero.
Recordaron que la concesión se otorgó ante la imposibilidad del gobierno municipal para prestar este servicio.
Sostuvieron además que Avanti sí entregó las aportaciones que correspondían al área de recaudación de rentas municipal.
Además de los señalamientos por la operación ilegal de Avanti, la prórroga que se les otorgó en octubre de 2010, durante la gestión del ex alcalde, Pablo Alejo López Núñez (oficio 002262) y que les permitió operar por un periodo total de 10 años, fue ilegal, según auditoría (2011) del Órgano de Fiscalización (Orfis).
Esto, según el Orfis, porque además de no estar estipulado en el contrato, tampoco se hizo el estudio de viabilidad de la prórroga a la concesión, conforme a lo que establece el Artículo 56, del Reglamento de Transporte del Municipio de Ensenada).

Presentó informes

La auditoría del Orfis detalla que, se encontró que la entidad proporcionó informes presentados por la empresa Avanti Logística, por concepto de ingresos generados por maniobras de arrastre y almacenamiento de vehículos durante el ejercicio 2010 por un importe de 206 mil 916 pesos, de los cuales se observa que el concesionario no remitía semanalmente el informe sobre los servicios de arrastre por medio de grúas para que se determinara la certeza en los pagos efectuados a la entidad relativos al 10 por ciento del costo del arrastre que correspondía percibir al Ayuntamiento.
Además, Avanti entregó cheques que no tenían fondos y no pudo acreditar que el concesionario tenga contratado un seguro que garantice el valor de los vehículos depositados y los artículos que se encuentre en su interior, incumpliendo con lo dispuesto en la cláusula vigésima quinta, entre otras irregularidades.

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