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Avanza liquidación de partidos locales

El Municipalista de BC y el Humanista de BC no obtuvieron el 3 por ciento de la votación válida emitida en las elecciones 2015-2016
jueves, 19 de abril de 2018 · 00:00

REDACCIÓN/EL VIGÍA
Mexicali, B. C.

La Comisión del Régimen de Partidos Políticos y Financiamiento del Instituto Estatal Electoral de Baja California aprobó el Informe del balance de bienes y recursos remanentes que presentó el interventor del procedimiento de liquidación del patrimonio de dos partidos políticos locales, que no obtuvieron el 3 por ciento de la votación valida emitida en las elecciones locales ordinarias 2015-2016.

En Sesión de Dictaminación se presentaron los Proyectos de Dictamen 60 y 61, en el que se recordó que el 19 de diciembre de 2016 el Consejo General aprobó el Dictamen número 36 y 38 respectivamente, relativo a la Declaratoria de pérdida de registro como Partido Político Local del Partido Municipalista de B.C. y Humanista de Baja California ante el Instituto Estatal Electoral del Estado de Baja California (Ieebc).

ETAPAS DE LA ELIMINACIÓN
Durante la Sesión se precisó que en los informes se realiza una recapitulación de las actuaciones realizadas en el desahogo del procedimiento de liquidación, conteniendo etapas desde la designación del interventor, el aviso de inicio del procedimiento de liquidación, apertura de cuentas bancarias, la relativa al procedimiento de recepción de solicitudes de reconocimiento de los trabajadores y acreedores de los otrora partidos, así como lo relacionado con la publicación de la lista provisional y definitiva de créditos a cargo del patrimonio del Partido.

DEBERÁN CUBRIR OBLIGACIONES
Una vez que se transfieran los recursos a la cuenta bancaria creada para el periodo de liquidación, el interventor del Instituto Electoral deberá ordenar lo necesario, a fin de cubrir las obligaciones laborales, fiscales, administrativas, con proveedores y acreedores, a cargo del partido político en liquidación, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 395 del Reglamento de Fiscalización, en el orden de prelación correspondiente, tomando las previsiones necesarias en caso de que existan recursos remanentes.

Por último se ordenó al Interventor que, una vez cubiertas las obligaciones y dentro de los 20 días hábiles siguientes, se presente ante la Comisión del Régimen de Partidos Políticos un informe final de las operaciones realizadas, las circunstancias relevantes del proceso y el destino final de los saldos para su posterior remisión al Consejo General.

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