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Suspenden a juez que embargó al Municipio

La sanción consiste en la suspensión laboral del juzgador por un periodo de 30 días sin goce de sueldo
lunes, 16 de julio de 2018 · 00:00

Nicté Madrigal/EL VIGÍA
nmadrigal@elvigia.net | Ensenada, B. C.

Acciones legales que emprendió el gobierno municipal, resultaron en la suspensión laboral del juez Primero de lo Civil, Salvador Ríos Vela.

El juzgador fue señalado por la Dirección de Asuntos Jurídicos de fallar en contra del XXII Ayuntamiento, acción con la que habría favorecido a uno de sus hermanos.

El alcalde, Marco Antonio Novelo Osuna, declaró que no hay precedentes del caso, pues el asunto involucra la recuperación de cuentas bancarias que fueron embargadas por el juez, en perjuicio de la administración municipal.

En consecuencia, dijo, se presentó una queja ante el Consejo de la Judicatura, porque no se cumplió con el debido proceso.

Enfatizó en que la sanción consiste en la suspensión laboral a Salvador Ríos Vela, por un periodo de 30 días sin goce de sueldo.

Al respecto, Tomás Burns Mendívil, director de Asuntos Jurídicos, comentó que recientemente los notificaron la resolución definitiva, en la queja administrativa 013/2017.

El documento establece que, Ríos Vela “incurrió en falta administrativa”, “(...) desapegándose de los principios de objetividad e imparcialidad”, según lo que establece la Ley Orgánica del Poder Judicial en el Estado de Baja California, y Código de Procedimientos Civiles del estado,

Burns recordó que las cuentas embargadas se relacionan con los recursos interpuestos por Dinero Fácil y Rápido S.A. de C.V. Sofom E.N.R., además de un asunto más de Grúas del Puerto; en lo que corresponde a Dinero Fácil, se trata de cuentas por 24 millones 180 mil pesos, y de 2 millones 662 mil 940.25 pesos.

La base para los embargos fue un convenio signado cuando Carlos Guillermo Ríos Vela era apoderado legal del XXI Ayuntamiento; el juez Salvador Ríos Vela, resolvió sobre la viabilidad de ese acuerdo, sin observar la causal de impedimento para su actuación en el caso.

Además de la relación consanguínea, la defensa del XXII Ayuntamiento advirtió sobre la invalidez de los documentos, pues fueron signados por una persona que carecía de facultades para ello (Gabriel Ríos Patricio), por lo que no debieron ser admitidos por el Juzgado Primero de lo Civil.

TAMBIÉN GANARON AMPAROS
Luego de que Salvador Ríos Vela emitiera tres órdenes de embargo contra de los bienes del actual gobierno municipal, tres amparos promovidos por el XXII Ayuntamiento, impidieron al juzgador ejecutar acción alguna.

Los jueces federales de los Juzgados 7mo y 9no, concedieron la suspensión definitiva para proteger los bienes del municipio.

Burns observó que, contrario a la actuación de Ríos Vela, el Artículo 85 de la Constitución de Baja California, así como otras leyes federales, establece que “los bienes del municipio son inembargables y no se podrá ni deberá dictar orden ni mandamiento que pretenda embargarlos”.

 

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