Apoya Suprema Corte el rastreo de celulares

Será válido su rastreo en tiempo real sin necesidad de orden judicial previa.
lunes, 13 de enero de 2014 · 14:38
México DF - La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declarará la validez Constitucional de la geolocalización en tiempo real de teléfonos celulares involucrados en delitos graves, sin orden judicial previa.
Sin embargo, está pendiente aclarar si la sentencia de la Corte incluirá algunos candados para obligar a que los agentes del Ministerio Público que soliciten la localización a las telefónicas detallen con claridad sus motivos para dicha petición.
Siete de los 11 Ministros ya se pronunciaron contra la solicitud de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos de invalidar la reforma de abril de 2012, por la que se agregó el artículo 133 Quáter al Código Federal de Procedimientos Penales.
Pero en ese grupo, Fernando Franco y Arturo Zaldívar pidieron hoy a sus colegas dictar una sentencia que aclare que no puede existir una actuación arbitraria del MP, por lo que en la sesión de mañana, se verá si los demás integrantes de la mayoría aceptan realizar algunos cambios al proyecto de la Ministra Margarita Luna Ramos.
"(Los preceptos) son Constitucionales si se entiende que es una solicitud debidamente motivada por la urgencia y la posibilidad de que se ponga en riesgo la vida de una víctima o se oculte o desaparezca el objeto del delito", dijo Zaldívar, quien realizó una "interpretación conforme" para salvar lo que a su juicio es una herramienta valiosa de investigación criminal que puede afectar el derecho a la privacidad.
"Lo que debemos señalar en la resolución es que quien formule (la solicitud) deberá dejar constancia detallada de por qué la está ejerciendo, de dónde deriva su solicitud, no es nada más 'porque estoy investigando', es explicar que de tales aparatos han salido llamadas, o que terceros han tenido constancia de llamadas", agregó Franco.
Luis María Aguilar se sumó al grupo de Ministros que desde el jueves se pronunció por la validez de la norma, con el argumento de que se trata de un instrumento de investigación que no implica conocer el contenido de comunicaciones privadas.
"Casi 25 por ciento de las víctimas de un secuestro no son liberadas, de muchas no se vuelve a saber", dijo Aguilar. 
"El transcurso del tiempo es esencial en el rescate de la víctima, en la cesación del daño físico y económico que se le causa".
En tanto, Olga Sánchez Cordero anunció que sumará su voto a los de José Ramón Cossío y Sergio Valls por la invalidez del artículo.
"Hay una relación inequívoca entre la persona que contrata el servicio, el usuario del dispositivo móvil, con el número de línea", dijo Sánchez. 
"Es falso sostener que la norma solo involucra la localización de objetos, pues pueden involucrarse muchas personas, de una forma potencialmente dañina par la seguridad jurídica".
La Ministra recordó que el artículo Sexto de la Constitución contempla el derecho de las personas a recibir servicios de telecomunicaciones sin injerencias arbitrarias.

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