Autoridades del Sistema de Administración Tributaria (SAT) detuvieron dos cuentas bancarias lo que generó que retrasara pagos de sueldos a empleados
Por un adeudo de mil 700 pesos al fisco, el banco congeló su cuenta por órdenes del SAT.
Ensenada, B.C. - Un empresario industrial de Ensenada se quedó ocho días sin disponer de dinero en efectivo, porque las autoridades del Sistema de Administración Tributaria (SAT) le detuvieron dos cuentas bancarias.
El contribuyente que pidió el anonimato, mostró documentos en el que le advertían sobre la inmovilización de sus ingresos por un adeudo de mil 700 pesos, que tenía pendiente con el fisco desde hace 4 años.
Los resultados de la acción legal derivó en que el usuario se retrasara una semana en pagar el sueldo de sus diez empleados, omitió el pago de un refrendo, tuvo problemas para abastecer sus unidades de gasolina, dejó de comprar material de trabajo y otros pagos de servicios de su empresa.
Platicó que en el hogar el problema fue similar, porque el viernes sus cuatro hijos tuvieron que quedarse en casa porque se quedaron sin dinero para la transportación y ninguno dispuso de dinero extra para materiales escolares.
Aunque su cuenta sigue paralizada, confesó que será la última ocasión en que se retrasa en los pagos fiscales, ya que la experiencia fue difícil sobre todo en épocas en que debe pagar obligaciones patronales y su familia necesita artículos de invierno.
Qué dicen los contadores
Francisco Tarín Perisky, presidente de la firma consultora México Global Alliance, indicó que en ocasiones las autoridades de Hacienda comenten errores al congelar cuentas bancarias.
Criticó el hecho de que se inmovilicen cuentas de 200 mil pesos cuando el adeudo es de 10 mil pesos. Esto implica una serie de trámites para demostrarle al fisco que pudo haberse equivocado.
Mencionó que para congelar una cuenta los funcionarios bancarios lo hacen de inmediato, pero para descongelarla, tienen que esperar no menos de tres o cuatro días hábiles.
Advirtió que existen recursos de defensa fiscal en el que, si el fisco violó las normas establecidas, pueden defenderse, sin embargo, “para ese entonces el daño ya esté hecho porque el no tener acceso a las cuentas bancarias provoca que el empresarios evite depositar las ventas del día porque todo el dinero queda paralizado”.
Saturan a los bancos
Jesús Antonio Torrero Valenzuela, Sub Administrador de Ejecución del SAT Ensenada, aclaró que el Sistema de Administración Tributaria (SAT) sólo reclama el monto del crédito, pero que los bancos no pueden inmovilizar una fracción del saldo por un problema técnico e informático en la institución.
Explicó que si el saldo de la cuenta es insuficiente para cubrir el adeudo total, el SAT instruye a la institución bancaria para que deje que el contribuyente deposite la cantidad adeudada para después inmovilizar la cuenta.
El tiempo promedio en que se lleva a cabo el trámite para desinmovilizar una cuenta es de 4 a 8 días. Ya que los bancos tiene un “cuello de botella” que provoca retrasos por la cantidad de trámites diarios.
La ley
En los artículos 155, fracción I; 156-Bis, el adicional 156-Ter y el 84-A, con las fracciones VIII y IX adicionadas, refieren que las inmovilizaciones de los fondos de las cuentas procederán sólo hasta por el monto del crédito fiscal y sus accesorios o hasta por el importe en que la garantía ofrecida no alcance a cubrirlos.
Lo anterior deberá ser resuelto por la autoridad fiscal en un plazo máximo de diez días, y comunicado a la entidad o SAP en los 15 días siguientes a aquél en el que se le notificó al contribuyente. De lo contrario, la entidad o SAP levantará el embargo de la cuenta.
En cuanto el crédito fiscal quede firme, el SAT ordenará la transferencia de los fondos a la Tesorería de la Federación (Tesofe), y en el transcurso de los siguientes tres días, la entidad o SAP de que se trate informará al Servicio de Administración Tributaria sobre el monto transferido, amparado con su respectivo comprobante.
Si el interés fiscal está avalado con otra forma de garantía, el contribuyente será requerido para que en un plazo máximo de cinco días realice el pago correspondiente.
De no hacerlo, la autoridad fiscal podrá, indistintamente, hacer efectiva la garantía ofrecida o proceder al embargo de cuentas en entidades financieras o SAP.
En este caso, se deberá liberar la garantía otorgada por el contribuyente en un plazo máximo de tres días.
Pero si el interés fiscal no está garantizado, la autoridad procederá a inmovilizar las cuentas del contribuyente y ordenará la transferencia de los fondos a favor de la Tesofe.
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