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A propósito de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera (Fintech)

Por Rodolfo Moreno Cruz
martes, 13 de marzo de 2018 · 00:00

Primero fue una preocupación de unos cuantos enterados, después los analistas empezaron a presagiar tragedias. Hoy todo el mundo lo sabe: el sistema bancario mundial y desde luego el mexicano, enfrenta la ruptura brusca (disrupción) del tradicional sistema financiero. Y ¿qué pueden hacer los Estados?

Hay posiciones encontradas. Algunas personas dicen que el Estado ya no podrá hacer nada. Otros más que es precisamente el Estado quien deberá poner un alto a estas situaciones emergentes. Algunos menos extremistas dicen que debe haber una combinación equilibrada entre el actuar del Estado y un margen (quizás no amplio pero sí importante) de libertad.

Sea como fuere, hoy en día la mayor parte de los Estados quieren convertirse en un centro de operaciones financiero (Hub), que los vincule con las emergente Instituciones de Tecnología financiera (Fintech) o no les haga perder el poder que ya ejercen sobre las compañías tradicionales que se están adaptando al nuevo escenario tecnológico (Insurtech).

Sobre el tema de las Fintech cabe subrayar que la expresión es el resultado de la combinación de dos palabras en inglés que conforman el término: Finance y Technology. Es decir, todo lo que signifique una conexión entre finanzas y tecnologías es ya una Fintech. Y se ha acuñado la expresión Startup para las todas las empresas (no exclusivamente financieras) que tengan una relación con la tecnología. Cuando varias empresas de Startup conforman una categoría de productos y servicios en el ámbito financiero, se conforma un segmento.

En México, el segmento más importante de Fintech está conformado por las empresas (Startup) que ofrecen los servicios de pagos y remesas. Y no es casualidad, el número de remesas que se envían de Estados Unidos a México ha fortalecido a este segmento. A diferencia del sistema bancario tradicional en donde la persona usuaria requiere de un intermediario (Banco) para enviar dinero, el Fintech le da la oportunidad que sea a través de cualquier teléfono (tecnología Blockhain).

Ante todo este escenario, el pasado viernes nueve de marzo del presente año, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se expide la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera y se reforman y adicionan diversas disposiciones de otras leyes secundarias. Sin embargo, a pesar de que es un acierto del Estado mexicano, pues “toma” las riendas de este tema, siguen habiendo algunas debilidades.

En primer lugar o la ley es demasiado rebuscada o demasiado simple, dependiendo de su objetivo. Si la Ley se hizo -como se menciona en la exposición de motivos- para garantía de los usuarios entonces debería haber un mayor lenguaje ciudadano. Ciertamente, la Ley sigue la tradición decimonónica de un lenguaje muy poco ciudadano. Ahora bien si lo que se pretendía hacer era regular y condicionar a las Fintech entonces está muy limitada y su lenguaje debe ser más preciso en cuanto a sistemas digitales, MPVs, feedback, etc.

En segundo lugar, es necesario que esta reforma se vincule con una nueva ley monetaria. Prescribe la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo segundo que las únicas monedas circulantes en territorio nacional serán los billetes y monedas metálicas; sin embargo, está demostrado que en México circulan otros tipos de monedas, como es el caso del tumin o del Bitcoin.

Ante esta situación y aprovechando que ya hay ley para las Fintech, es necesario que se revalore la posibilidad de una nueva ley monetaria de los Estados Unidos mexicanos y que se evalué el funcionamiento de esta que se acaba de aprobar.

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