DESDE EL VIGÍA

Reformar leyes

Por Editorial El Vigía
viernes, 16 de marzo de 2018 · 00:00

La Ley de Adquisiciones y la de Obras Públicas deben ser reformadas para evitar eliminar las excepciones en las contrataciones que realiza el Gobierno y evitar riesgos de corrupción, consideró el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO).

“IMCO propone una nueva ley de adquisiciones y una nueva ley de obra que se apeguen a los estándares internacionales, eliminen excepciones, establezcan procedimientos más sencillos y eficientes, y regulen la planeación y la ejecución de manera integral”, indicó Max Kaiser, director Anticorrupción de la organización.

En el estudio se encontró que el 71 por ciento de los contratos firmados con los mil proveedores más importantes del gobierno se otorgaron mediante adjudicación directa, es decir, que no hubo competencia entre los proveedores.

Al no existir esta competencia, destacó Kaiser, se evita que el Estado adquieras bienes y servicios en las mejores condiciones y se limita la innovación y el desarrollo tecnológico.

Manuel Molano, director general adjunto del mismo Instituto, consideró que las leyes de Adquisiciones y Obras Públicas deberían tener el carácter de norma general, es decir, ser aplicables a todo el país para evitar la disparidad entre un estado y otro, ya que actualmente cada entidad cuenta con sus propias normas en la materia.

También, consideró, el Gobierno federal debe modernizar Compranet, que es la herramienta digital para realizar las compras públicas, pues se ha convertido en una especie de archivo muerto, en el que se sube la información una vez que el proceso ya concluyó, en lugar de hacerlo en el momento mismo en el que se lleva a cabo, cómo era la idea original.

Durante la actual administración 7 de cada 10 contratos firmados con los mil principales proveedores del gobierno se asignaron mediante adjudicación directa.

Los contratos asignados por adjudicación directa significan el 31 por ciento de los 2.3 billones de pesos que se contrataron de 2012 a 2016.

Aunque la adjudicación directa está contemplada en la ley, su utilización debería ser excepcional, pues está acotada a la existencia de ciertas circunstancias, por ejemplo, que el proveedor sea el dueño de la patente o que existan razones de seguridad nacional.

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