EL DERECHO DESDE OTRAS PERSPECTIVAS

La Ley Fintech: su sistema normativo y sus sanciones

Por Dra. Lizbeth Xóchitl Padilla Sanabria*
sábado, 3 de marzo de 2018 · 00:00

El 1 de marzo del 2018 el Congreso aprobó la Ley para regular a las Instituciones Financieras Tecnológicas. Más que el resultado del avance de la tecnología, la creación de esta ley responde a un factor básico: el lavado de dinero a través de internet, toda vez que la tecnología ha permitido las transacciones económicas sin reportar al sistema financiero y además, en algunas ocasiones, a evadir el fisco. En virtud de la creación de una economía tecnológica alterna, basada en ciertos casos en las llamadas criptomonedas. al ejercicio y control del poder económico, el Estado ha aprobado dicha ley, así como reformado algunas que permiten la prevención, investigación, persecución y sanción de las economías tecnológicas alternas que pretenden actuar fuera de la legalidad. Las normas que forman parte del paquete Fintech son las siguientes: La Ley de Instituciones de Crédito, la Ley del Mercado de Valores, la Ley General de Organizaciones y Actividades y Auxiliares del Crédito, la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, la Ley para la protección y defensa del usuario de Servicios Financieros, la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, la Ley para la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y la Ley para Prevenir e Identificar Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (Ley antilavado). Bajo ese tenor, la Ley Fintech servirá para tratar de regular las actividades comerciales a través de internet, creando una serie de obligaciones para dichos usuarios de tal forma que puedan ser detectados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que la misma, a través de sus facultades de comprobación fiscal mediante sus unidades administrativas de Auditoría y su unidad de investigación financiera, detecten operaciones con recursos de procedencia Ilícita y hasta delincuencia organizada, dándole vista a la Procuraduría General de la República para los efectos de su persecución y criminalización penal. En este sentido la ley Fintech la podemos considerar como una ley especial, ya que la misma tiene elementos sustantivos, procesales, sanciones y de ejecución; es decir, las sanciones que se prevén en la misma responden a procedimientos administrativos de responsabilidad y a delitos, estos últimos direccionados a la conexión del tipo penal contenido en el artículo 400 bis del Código Penal Federal, el cual sanciona a las operaciones con recursos de procedencia ilícita, a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, a las técnicas especiales de investigación, a la restricción de los Derechos Humanos, pero sobre todo a controlar un mercado financiero que deja ganancias millonarias.

* Doctora en Derecho por la UNAM.

padilla_liz_2@hotmail.com

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