EL DERECHO DESDE OTRA PERSPECTIVA

Beneficios por actos de corrupción en materia administrativa disciplinaria para los imputados por actos de corrupción

Por Dra. Lizbeth Padilla Sanabria*
sábado, 25 de agosto de 2018 · 00:00

El Sistema Nacional Anticorrupción, en materia administrativa disciplinaria, prevé beneficios para todos aquellos que hayan o no sido procesados en términos de la ley general de Responsabilidades administrativas. Lo cierto es que dicha ley le da preferencia a la reparación del daño que a la Comisión u omisión de la conducta materializada en una falta administrativa; y en virtud de que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 20 constitucional prevé beneficios para acusado, y los principios del sistema penal acusatorio adversarial se homologan al derecho administrativo disciplinario, también son susceptibles de observarse y aplicarse en el procedimiento administrativo de responsabilidad. Dichos beneficios los encontramos en los artículos 88 y 89 de la ley comento que a la letra indican: “La persona que haya realizado alguna de las faltas administrativas graves o faltas de particulares, o bien, se encuentre participando en su realización, podrá confesar su responsabilidad con el objeto de acogerse al beneficio de reducción de sanciones que se establece en el artículo siguiente. Esta confesión se podrá hacer ante la Autoridad investigadora”. “Artículo 89. La aplicación del beneficio a que hace referencia el artículo anterior, tendrá por efecto una reducción de entre el cincuenta y el setenta por ciento del monto de las sanciones que se impongan al responsable, y de hasta el total, tratándose de la inhabilitación temporal para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas, por Faltas de particulares. Para su procedencia será necesario que adicionalmente se cumplan los siguientes requisitos:

I. Que no se haya notificado a ninguno de los presuntos infractores el inicio del procedimiento de responsabilidad administrativa.

II. Que la persona que pretende acogerse a este beneficio, sea de entre los sujetos involucrados en la infracción, la primera en aportar los elementos de convicción suficientes que, a juicio de las autoridades competentes, permitan comprobar la existencia de la infracción y la responsabilidad de quien la cometió.

III. Que la persona que pretende acogerse al beneficio coopere en forma plena y continua con la autoridad competente que lleve a cabo la investigación y, en su caso, con la que substancie y resuelva el procedimiento de responsabilidad administrativa, y

IV. Que la persona interesada en obtener el beneficio, suspenda, en el momento en el que la autoridad se lo solicite, su participación en la infracción. Además de los requisitos señalados, para la aplicación del beneficio al que se refiere este artículo, se constatará por las autoridades competentes, la veracidad de la confesión realizada.

En su caso, las personas que sean los segundos o ulteriores en aportar elementos de convicción suficientes y cumplan con el resto de los requisitos anteriormente establecidos, podrán obtener una reducción de la sanción aplicable de hasta el cincuenta por ciento, cuando aporten elementos de convicción en la investigación, adicionales a los que ya tenga la Autoridad Investigadora.

Para determinar el monto de la reducción se tomará en consideración el orden cronológico de presentación de la solicitud y de los elementos de convicción presentados. El procedimiento de solicitud de reducción de sanciones establecido en este artículo podrá coordinarse con el procedimiento de solicitud de reducción de sanciones establecido en el artículo 103 de la Ley Federal de Competencia Económica cuando así convenga a las Autoridades Investigadoras correspondientes”.

Cómo se puede observar, a los probables corruptos, se les pueden otorgar beneficios similares a los que se les dan a los imputados por delincuencia organizada, en términos de los que prevén los artículos 35 y 35 bis de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

*Doctora en Derecho por la UNAM

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