DESDE EL VIGÍA

Domésticas al IMSS

Por Editorial El Vigía
sábado, 30 de marzo de 2019 · 00:00

Este lunes 1 de abril iniciará la prueba piloto para incorporar a las personas trabajadoras del hogar al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), después de que hoy se publicaran las reglas del programa.

“Las reglas que se aprueban deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y entrarán en vigor al día siguiente de su publicación”, indica el acuerdo difundido este viernes.

El texto publicado en el DOF determina que los patrones podrán optar, en esta prueba piloto, por afiliar a las personas trabajadoras del hogar, para lo cual el IMSS pondrá a disposición el trámite digital en su página o en las subdelegaciones.

La intención del programa es garantizar el derecho a la salud y la seguridad social para las y los trabajadores del hogar, por lo que, con el pago de la cuota por parte de sus patrones, accederán a los seguros de Enfermedades y Maternidad; de Riesgos de Trabajo; de Invalidez y Vida; de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, así como de Guarderías y Prestaciones Sociales.

El salario base de cotización comprenderá, además del pago en efectivo por cuota diaria, gratificaciones como alimentación y habitación no onerosas, primas, comisiones, despensas en especie básicas y cualquier otra prestación que se entregue al empleado por su trabajo, excluyendo los instrumentos de trabajo tales como herramientas, ropa y otros similares.

“El salario base de cotización se integrará conforme a lo establecido en el artículo 27 de la Ley del Seguro Social (LSS), en relación con el artículo 334 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), y se registrará conforme al artículo 28 de la LSS”, mencionan las reglas.

Para los efectos de la LFT, los alimentos y habitación se estiman equivalentes al 50 por ciento del salario que se pague en efectivo.

Tratándose de trabajadores del hogar que laboren exclusivamente para un patrón durante todo el mes, ya sea que habiten en la misma casa que el patrón o de entrada por salida, éste deberá cubrir la totalidad de las cuotas obrero patronales correspondientes al periodo.

En caso de que el trabajador labore con más de un patrón, cada uno de ellos deberá cubrir el monto correspondiente a las cuotas obrero patronales proporcionales a los días que el trabajador labore con él. Se deberán cubrir las cuotas de pago por mes anticipado, conforme al salario base de cotización mensual y los días laborados con cada patrón.

Fuente: Agencia Reforma
 

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