DESDE LA NOTARÍA

El Notario frente a la “Ley de Lavado de dinero” Parte V y final

Por Diego Monsiváis Franco*
miércoles, 15 de mayo de 2019 · 00:00
Ya hemos visto, en forma general, lo que se pretende hacer con la “Ley Antilavado”: Evitar que el dinero del narcotráfico y/o del terrorismo se meta al sistema financiero mexicano y se use para los fines que los narcotraficantes y terroristas tengan en mente.

Esta Ley, pues, exige de aquellas personas a través de las cuales se acostumbre meter el dinero ilícito en los bancos nacionales, que notifiquen a las autoridades competentes mexicanas de la realización de las denominadas “actividades vulnerables”.

Vimos también que una de las maneras en que el narcotráfico mete su dinero al sistema financiero mexicano, es a través de la compra de terrenos y edificios; de préstamos con o sin garantía hipotecaria; de formación de sociedades, etcétera, actividades que se hacen por conducto de un Notario Público.

De ahí que la Ley Antilavado imponga a los Notarios varias obligaciones:

Dar “Avisos” a la Secretaría cada vez que se vaya a realizar una operación como las descritas, por los montos que la misma Ley precisa. De esta manera, la SHCP se da por notificada que se acaba de formalizar una operación vulnerable en cierta Notaría de la República Mexicana. Por ejemplo, cuando se preste dinero con garantía hipotecaria por más de $1´351,840.00, el Notario debe “Avisar” a la Secretaría de ello.

Cuando se venda una casa o un inmueble en general por valor superior a $1´351,840.00, el Notario también deberá dar aviso.

Si alguien otorgue un poder para actos de administración o dominio, con carácter irrevocable, el Notario deberá reportarlo a la Secretaría.

En otras ocasiones la necesidad de aviso se da cuando el monto que se maneje sea superior a $678,000.00, y así sucesivamente.

Pero, además, el Notario tiene qué abrirle un expediente a cada una de las partes que intervienen en este tipo de actos. En ese expediente se acumula toda su información personal proporcionada para poder redactar la escritura, sus identificaciones y las demás obligaciones que la Ley Antilavado le exige al Notario.

Este tipo de avisos debe poner alerta a la Unidad de Inteligencia Fiscal (UIF) para iniciar una investigación, a través de la demás información que el Notario redacta en su escritura: Nombre completo y datos generales de las partes; ocupación que cada parte afirma tener y que se confirma con su Registro Federal de Contribuyentes. La identificación de las partes, su CURP, su credencial de elector y/o su pasaporte, etcétera, ponen de manifiesto si la persona que compra, por ejemplo, tiene la capacidad económica para comprar una casa de ese monto, pues si está registrado en Hacienda con su RFC, la Secretaría se dará cuenta de cuántos ingresos tiene esta persona y por qué conceptos los tiene. También de la escritura obtiene la Secretaría el domicilio de las partes. Y así, del cúmulo de informaciones que se va obteniendo, la Secretaría podrá ir elaborando una ficha de investigación que lo lleve a determinar si esas personas tienen un modo honesto de vivir y si su capacidad económica le permite realizar esos actos. Esta investigación concluye con el congelamiento de las cuentas bancarias a nombre de esas personas y la sujeción a proceso de las mismas, hasta en tanto se comprueban los demás elementos del delito.

Pero además, la Ley Antilavado prohíbe que esas casas o inmuebles se paguen en efectivo. Deben pagarse con cheques personales, cheques certificados, cheques de caja o transferencias bancarias. Sólo es permitido, para la adquisición de inmuebles utilizar efectivo hasta un monto de $678,032.25.

Es de esta manera como el gobierno mexicano empieza a cerrar el círculo delictivo a los narcotraficantes, en este caso, con el auxilio de los Notarios, quienes deben cumplir con estas obligaciones, so pena de multas muy altas o, eventualmente, acusaciones penales en contra de ellos.

Pero se nos acabó el espacio. En la próxima semana continuaremos trayendo la Notaría a sus hogares.

*Titular de la notaría pública número 5 en Ensenada

diegomonsivais@notaria5ensenada.com

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