DESDE LA NOTARÍA

Octubre, mes del testamento. Parte Final

Por: Diego Monsiváis Franco*
miércoles, 6 de octubre de 2021 · 00:00

Aunque el mes de septiembre es el mes del Testamento, los Notarios de Baja California, por tradición, hemos continuado durante el mes de octubre a seguir proporcionando el servicio testamentario con precio reducido. Sólo que ya no sale al mismo precio, pues el Estado empieza a cobrar un derecho que no cobra durante el mes de septiembre; pero aún así, resulta muy barato.

Como parte final del tema de los testamentos, nos toca ver con más detalle las cuatro secciones de los procedimientos testamentarios. Es decir, la semana pasada vimos que el trámite de los testamentos (y también de los intestados) consta de cuatro secciones o partes:

Vimos cómo la primera parte, que es la más elemental, consiste en leerle el testamento a los herederos y albacea o albaceas, para que los primeros acepten la herencia y los segundos acepten el cargo que les fue encomendado por el testador.

Si alguno de los herederos no quiere aceptar la herencia, lo debe manifestar al Notario, para determinar cuál es el siguiente paso a tomar. Esta no aceptación puede deberse a que desea ceder su parte a otro de los herederos, ya sea hermano o madre o padre, en cuyo caso, se formaliza la cesión de derechos hereditarios en esta misma primera parte de la sección testamentaria.

Pero también puede el heredero simplemente no aceptar la herencia, es decir, repudiarla. Al hacer esto el heredero que no aceptó la herencia, hará que entre a heredar el nombrado heredero sustituto que también nombró el testador.

Cuando menos este nombramiento de heredero sustituto debe hacerse en todos los testamentos, pero si el Notario no lo recomendó y el testador no lo nombró, se complicará esta primera sección, pues tendrá que iniciarse un procedimiento sucesorio intestamentario. Es decir, equivaldrá a que no existe testamento por lo que hace a la porción dejada o repudiada.

¿Y qué sucedería en este caso? Pues que la sucesión legítima, es decir, lo que ordena la Ley en caso de que el testador no haya nombrado herederos sustitutos, es que esa porción deberá adjudicarse primeramente a los hijos del testador, por partes iguales entre todos ellos.

Si no hay hijos, seguirán los padres y el o la cónyuge, por partes iguales. Y si tampoco los hay, seguirán los hermanos del testador. Si tampoco lo hay, serán herederos los sobrinos. Y si tampoco, será heredera la beneficencia pública, o sea, el Estado.

Pero, superados estos problemas, aceptada la herencia y aceptado el cargo de albacea, se procederá a la segunda sección, que es la de inventarios y avalúos.

El albacea deberá hacer una lista de todos los bienes que pertenecían al testador y pedir a un perito oficial que los valore comercialmente. Hecho esto, todos los herederos deberán decidir si están de acuerdo con todos los bienes inventariados o si falta alguno o si sobra alguno, lo que deberán resolver de común acuerdo.

El valor de los bienes de la herencia también puede ser objetado por los herederos, ya porque consideran muy alto el precio o porque lo consideran muy barato, en cuyo caso podrán contratar un nuevo perito oficial para que determine cuál es el valor real de los bienes de la herencia.

A continuación, se pasa a la sección de cuentas de administración, que consiste en que el albacea, si hay bienes que producen rentas, o negocios que producen utilidades, se haya encargado el propio albacea de cobrarlas, rendir cuenta de ellos a los herederos y repartirles la parte que les corresponda a cada uno, según lo dispuesto por el testador.

De ahí se pasa a la sección final, que consiste en que el albacea hará un proyecto de distribución o partición de los bienes y si lo aceptan todos los herederos, se les adjudicará a cada uno su parte.

Pero se nos acabó el espacio, por lo que en la próxima semana se tratará exclusivamente este final del procedimiento sucesorio testamentario; llevando así de nuevo, la Notaría a sus hogares.

*Titular de la Notaría Pública Número 5 de Ensenada

diegomonsivais@notaria5ensenada.com

 

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