DESDE LA NOTARÍA

Los cotejos Notariales y las actas de nacimiento

Por: Diego Monsiváis Franco*
miércoles, 10 de noviembre de 2021 · 00:47

Las Leyes del Notariado de todos los Estados establecen como una actividad propia del Notario el poder cotejar, es decir, comparar y certificar un documento original con una copia fotostática del mismo, otorgándole a esa copia, cotejada y certificada por el Notario, el mismo valor que el original.

Y, la propia Constitución Mexicana avala este tipo de actividad, por encontrarse regulada en las legislaciones de cada Estado.

Lamentablemente y desde hace ya alrededor de veinte años, la Secretaría de Relaciones Exteriores y más tarde el INE, es decir, el Instituto Nacional Electoral, decidieron no darle valor probatorio a dichas actas de nacimiento extendidas por los Notarios Públicos, sin explicar sus motivos.

En alguna ocasión, siendo aún litigante, presenté un amparo en contra de la Secretaría de Relaciones por ese motivo, y el Juez de Distrito concedió el amparo y le ordenó a la propia Secretaría de Relaciones Exteriores que aceptara los cotejos y certificaciones Notariales referentes a las actas de nacimiento.

En realidad, esta actitud de la Secretaría de Relaciones Exteriores no tiene ningún fundamento legal, no obstante lo cual la propia Secretaría y el INE, siguen aplicando su criterio contrario a la Ley y no aceptan dar trámite a la obtención de pasaportes o a la expedición de la Credencial para Votar, si los interesados presentan Actas de Nacimiento certificadas por Notario Público.

Recientemente, tras muchos años de que el Poder Judicial de la Federación ratificó el criterio de dar valor probatorio a las actas de nacimientos certificadas por Notario Público, de repente un Tribunal Colegiado se sumó a la opinión de la Secretaría de Relaciones Exteriores, emitiendo una sentencia en la que establecía que no era a los Notarios a quienes correspondía esa actividad, sino exclusivamente a los Oficiales del Registro Civil.

Esta tesis, desde luego es absurda y no tiene fundamento legal, y además, no ha sido ratificada por ningún otro tribunal federal ni estatal.

Lamentablemente, la gente no puede estarse amparando continuamente contra este tipo de criterios, porque lo que le interesa es obtener rápido tanto su pasaporte mexicano como su credencial de elector y se pliega a los criterios ilegales antes expuestos, recurriendo al Registro Civil para que le expida otra acta de nacimiento, a pesar del tiempo que se tarda.

La cuestión, sin embargo, se complica, cuando, por ejemplo, en el Estado de Sonora y en algunos otros Estados, “se perdieron” los libros del Registro Civil correspondientes a los años en que se encontraba registrada su acta de nacimiento.

Por evidente razones, esos libros del Registro Civil fueron robados por el crimen organizado, según noticias publicadas en aquellos tiempos, y éstas han estado sirviendo para suplantar a personas, pues los que se robaron los libros expiden las copias de actas de nacimiento o de matrimonio o de defunción que convenga a sus intereses criminales.

Lo cierto es que ambos organismos federales: La Secretaría de Relaciones Exteriores y el Instituto Federal Electoral han decidido no aceptar las actas de nacimiento que los Notarios certificamos de sus originales, pese a que se encuentran legalmente fundamentadas, trastocando así el orden y el sistema legal y constitucional mexicano.

Hasta que de nuevo esta cuestión se resuelva ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a través de diversos amparos que los interesados tengan el valor de presentar, que no veremos que estos criterios cambien.

Mientras tanto, habrá que plegarse a esos absurdos e ilegales criterios y el pueblo a sufrir sus arbitrariedades y autoritarismo.

Recientemente empiezan a verse otro tipo de rechazos de documentos Notariales, de nuevo, sin que exista razón jurídica que los avale.

Pero, se nos acabó el espacio, por lo que continuaremos llevando otros temas Notariales hasta sus hogares, para así seguir llevando la Notaría a sus hogares.

*Titular de la Notaría Pública Número Cinco de Ensenada

diegomonsivais@notaria5ensenada.com

 

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