DESDE EL VIGÍA

La planta El Gallo

Por: Editorial El Vigía
viernes, 3 de septiembre de 2021 · 00:18

Desde hace muchos años, la planta de tratamiento de aguas residuales de El Gallo ya había cumplido su vida útil, por lo que salía muy caro mantener su operación, pero no había dinero para construir una nueva, según argumentaban los gobiernos de entonces; pero en la actualidad la situación es crítica, porque en Playa Hermosa se arrojan las aguas negras que se han dejado de tratar.

A todo esto se suma la controversia por la municipalización de las comisiones estatales de servicios públicos, que se encuentra en suspenso por orden de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Mientras tanto, a nivel federal, debido a los altos niveles de contaminación en ríos, arroyos, playas y lagos del país, la Secretaría de Medio Ambiente anunció que endurecerá los parámetros para controlar descargas de aguas residuales.

La Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEMARNAT-2021, que sustituye la vigente desde hace 25 años y próxima a publicarse en el Diario Oficial de la Federación, reduce los límites máximos permisibles de diversos contaminantes e incluye nuevos parámetros para evaluar la calidad del agua en los cuerpos que reciben las descargas.

De acuerdo con la Semarnat, las administraciones anteriores incumplieron con la obligación de actualizar la norma, a pesar de que los límites máximos permisibles y los parámetros establecidos habían probado ser insuficientes para controlar la contaminación de cuerpos de agua por las descargas.

Aprobada el 27 de agosto por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Comarnat), la nueva NOM establece en 35 grados la temperatura máxima para las descargas en ríos, cinco grados menos que la fijada por la NOM de 1996.

Reduce los límites máximos permisibles para sólidos suspendidos totales, demanda química de oxígeno (DQO), nitrógeno y fósforo, y agrega como parámetros carbono orgánico total, escherichia coli y enterococos fecales, así como ph y color verdadero.

Indica que, con base en los resultados de la Red Nacional de Medición de Calidad del Agua (RNMCA) se ha identificado que, al medir la calidad del agua de los cuerpos receptores con los parámetros habitualmente utilizados, como es la demanda bioquímica de oxígeno durante 5 días (DBO5), hay un subregistro del nivel de contaminación.

La prueba, detalla, no es capaz de detectar contaminantes orgánicos no biodegradables ni tóxicos presentes en los cuerpos de agua provenientes de descargas de las plantas de tratamiento.

Para medir la carga orgánica contaminante en aguas con una concentración de cloruros mayor a mil miligramos por litro, señala el proyecto, se debe utilizar el parámetro de carbono orgánico total, ya que permite obtener resultados más confiables.

La Norma Oficial prevé tomas de muestras mensuales para descargas municipales en localidades de más de 50 mil habitantes, trimestrales para el rango de 10 mil a 50 mil y semestrales para menores a 10 mil.

Conforme a los últimos datos publicados de la RNMCA, 10.2 por ciento de las aguas superficiales del país registraban el año pasado contaminación conforme al parámetro DBO5, 11 por sólidos suspendidos totales, 36.1 por ciento por DQO y 63.3 por coliformes fecales.

Ya era hora de hacer algo. ¡Ojalá y se cumpla!
 

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