DESDE EL VIGÍA

Juicios selectivos

Por: Editorial El Vigía
sábado, 4 de septiembre de 2021 · 00:00

En México la figura del juicio político ha sido utilizada por los legisladores federales para que funcionarios electos de bajo perfil se conviertan en los chivos expiatorios de los grandes escándalos nacionales.

Los casos más sonados de desafuero a través de juicios políticos son los del ex director de Petróleos Mexicanos, Jorge Díaz Serrano en 1983, y más recientemente el del ex diputado de la Ciudad de México, René Bejarano en 2004; ambos se vieron involucrados en actos de corrupción, y el primero estuvo cinco años en la cárcel y el segundo sólo uno, incluso lo absolvieron de todas las acusaciones.

Sin embargo, hasta el momento la justicia sigue siendo selectiva en el país, y se aplica en contra de los adversarios políticos o para debilitar la trayectoria de compañeros de partido que se indisciplinan, pero la ley todavía no alcanza a las grandes figuras del gobierno.

Y en este contexto, el bloque de Morena aplicó el mayoriteo en la primera ley que se discutió en la 65 Legislatura, al aprobar, con dispensa de trámites, la iniciativa de Ley de Juicio Político y Declaración de Procedencia.

En las primeras horas del jueves pasado, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general la nueva ley con 273 votos a favor y 220 votos en contra.

Con esta nueva legislación se protege al presidente de la república para que no sea separado del cargo en caso de ser desaforado por la comisión de diversos delitos, mientras que los gobernadores sí perderían el puesto.

La iniciativa es una copia del dictamen que Morena aprobó en la pasada Legislatura y que no pudo discutir, cuando la oposición no dio los votos para lograr mayoría calificada en la Comisión Permanente del Congreso y convocar a un periodo extraordinario.

Aunque el presidente Andrés Manuel López Obrador dice que ya no existe el fuero para su cargo, la nueva ley establece que el Ejecutivo federal puede ser juzgado de diversos delitos durante su gestión, como son traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales y todos aquellos por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadano.

No obstante, evita mencionar que el titular del Ejecutivo será destituido del cargo; sólo se indica que estará sujeto a la “legislación penal aplicable”.

Para blindar aún más al mandatario federal, se establece que para el caso del proceso de desafuero se llevará el mismo procedimiento que hay para el juicio político: la Cámara de Diputados se asume como parte Acusadora y el Senado como Jurado de Sentencia.

Con ello, las dos Cámaras participan en el proceso para desaforar al presidente, lo que no sucede con el resto de los servidores públicos del país.

En cambio, la ley precisa con mayor claridad la separación del cargo de magistrados, ministros, consejeros electorales y gobernadores, entre otros funcionarios, en los procesos de desafuero y juicio político.

Así que una vez aprobada en lo particular esta ley por los diputados, fue enviada al Senado para su discusión.
 

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