DESDE LA NOTARÍA

¿Qué sucede cuando prestas dinero? Parte II

Por: Diego Monsiváis Franco*
miércoles, 9 de noviembre de 2022 · 00:00

La semana pasada empezamos a ver este tema, pero nos faltó espacio para terminarlo, por lo que me propongo hacerlo en esta ocasión.
Veíamos lo difícil que es prestar dinero a un amigo o a un pariente, pues usualmente vemos la necesidad del amigo o pariente, pero también vemos la imposibilidad que tendrá de pagarnos.
En efecto, explicábamos que los Bancos podrían prestarle al amigo o pariente, pero le harían previamente un estudio exhaustivo: ¿De qué vive? ¿Cuánto gana? ¿Cuánto gasta? ¿Cuánto necesita para vivir? ¿Qué bienes tiene?
Todo esto debe averiguarse para saber si se le puede prestar a una persona. Cualquier respuesta equivocada, produce que no se preste dinero.
Al Banco de nada la sirve que una persona tenga bienes inmuebles, si no tiene dinero que le entre en suficientes cantidades para hacerse cargo de sus obligaciones y necesidades. Podrá valer en bienes mucho, pero en efectivo no. Entonces, no es sujeto de crédito.
Y esto mismo vale para el amigo a quien recurre para pedirle dinero. Si no tiene ingresos suficientes, lo que está haciendo es pedir dinero prestado, sin tener con qué dinero pagarlo, aunque tenga su casa y otros inmuebles, pues si no tiene ingresos, no puede pagar.
Esto se traduce en que, si se le presta, lo que va a suceder es que quien preste tendrá que quedarse con uno de los bienes del deudor. Y normalmente ni el amigo ni el Banco tienen necesidad de adquirir un bien que no quería y menos quitarle a un amigo o pariente la casa en donde vive.
Así es que la mejor solución es, simplemente, no prestarle.
Claro que esto le ganará la desilusión o hasta desprecio de quien le pidió dinero. Pero es preferible no prestarle a tenerse que quedar con la casa del amigo o pariente.
Los préstamos bancarios, en cambio, son más propios de los negocios que tienen ingresos, gastos, bienes y controlan su flujo de efectivo y el stock de los bienes por vender. La mercantilidad de éstos le permite tener los medios para pedir prestado y garantizar con sus propios bienes. Los negocios producen, pero puede tener un período de falta de liquidez y es cuando se debe pedir dinero prestado, para no bajar en la capacidad de vender.
En cambio, cuando se trata de amigos o parientes, o éstos tienen negocios muy pequeños o son empleados, lo que los vuelve muy limitados en cuanto al dinero que deben tener en circulación y los gastos que tiene que hacer para cumplir sus obligaciones y necesidades.
Como decíamos antes, los bancos y los prestamistas prestan dinero, pero sujeto a que los deudores tengan bienes con qué pagarles y a través de créditos “más duros”, en cuanto a cumplimiento y obligaciones que se contraen con esos créditos mercantiles que, como dijimos, se llaman contratos de apertura de crédito simple, con garantía hipotecaria.
La garantía consiste en que, si el deudor no puede pagar el crédito otorgado, perderá el inmueble que garantiza el préstamo y el banco o el prestamista se quedará con su casa o inmuebles. Los bancos no tienen interés en quedarse con esos bienes, además que no es el objeto de los bancos tener inmuebles, por lo que debe proceder, a la brevedad, a vender esos inmuebles.
En cambio, el prestamista sí tiene interés es adquirir bienes inmuebles “baratos”, pues dada la pequeña cantidad que prestó en comparación con el valor del bien con que se quedó porque el deudor no pudo pagar, el precio en que está adquiriendo es sumamente barato. De ahí, como decía la semana pasada, los prestamistas NUNCA son opción para pedir prestado.
Pero se nos acabó el espacio y el tema casi lo cubrimos, por lo que continuaremos la próxima semana con un tema nuevo, para así seguir llevando la Notaría a sus hogares.

*Titular de la Notaría Pública Número 5 de Ensenada

diegomonsivais@notaria5ensenada.com 

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