LA BUFADORA

BUFADORA

Por El Mosquito
domingo, 25 de marzo de 2018 · 00:00

Cuchillito de palo
¿Por qué no hacen pública su declaración 3 de 3 los candidatos a la diputación federal por el 03 Distrito?

Tiempos de promesas
EL viernes de la próxima semana comenzarán las campañas políticas, y si bien concentrarán la mayor parte de los reflectores los candidatos presidenciales, a nivel local habrá que estar atentos a las promesas y compromisos que establezcan los aspirantes al Senado de la República y la Cámara de Diputados.

Sin embargo, los contendientes deberán tener mucho cuidado con lo que prometan, porque los ciudadanos están muy escépticos, irritables y cada vez más impacientes.

Aprueban conteo rápido
El Tribunal Electoral federal avaló el instrumento propuesto por el Instituto Nacional Electoral (INE), para que la misma noche de la jornada electoral del 1 de julio se puedan conocer los resultados de los comicios presidenciales y de gubernaturas.

La decisión del INE de realizar un conteo rápido a partir de los datos contenidos en el cuadernillo de operaciones que llenan los funcionarios de las casillas tras el cierre de la jornada electoral había sido impugnado por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM).

El principal alegato del partido es que dicho mecanismo significa una modificación sustancial del procedimiento del escrutinio y cómputo de las casillas, por lo que, afirmó, vulnera el principio constitucional de certeza.

El magistrado Felipe Fuentes Barrera, autor de la ponencia, expuso que el cuadernillo y la información que contenga tienen plena validez, porque se trata de un documento electoral de suyo previsto en la ley.

Además, defendió que el conteo rápido es un ejercicio estadístico cuyos resultados son tendencias de la votación, que no serán necesariamente los mismos que arrojen el Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP) y los cómputos distritales.

“Al establecer que la fuente de la información para el conteo rápido institucional sean los cuadernillos de operaciones, no afecta la certeza, en la media que se establece un documento con información cierta y suficiente para poder establecer las tendencias de votación en términos de porcentajes.

“El resultado que proporcionará el ejercicio estadístico del conteo rápido se da en términos de rangos porcentuales que reflejan las tendencias de la votación, sin que sean equiparables, de ninguna forma, a los resultados finales que se obtengan de cada uno de los cómputos en casilla”, planteó Fuentes Barrera.

La sentencia, que fue avalada por unanimidad de la Sala Superior, destaca que, ante la complejidad inédita de la elección del 1 de julio, el instrumento definido por el INE es una solución legal para emitir tendencias oficiales de la votación y abonar a la confiabilidad de los comicios.

En febrero pasado, el Tribunal Electoral revocó los cambios aprobados por el Consejo General del INE al Reglamento de Elecciones, con los que se buscaba agilizar el conteo de votos de las elecciones de 2018.

Los magistrados resolvieron que la propuesta de abrir las urnas para identificar las boletas depositadas incorrectamente, excede las facultades del INE y transgrede los principios de reserva de ley, certeza y seguridad jurídica.

Excepción para propaganda
Y el INE aprobó casos de excepción para la prohibición de propaganda gubernamental durante las campañas electorales, que podrán difundirse entre el 30 de marzo, cuando inician las precampañas, y el 1 de julio, día de las elecciones.

El Consejo General aprobó en lo general la incorporación de campañas de información de diversas instituciones federales y estatales, como parte de las excepciones a las prohibiciones en materia de propaganda gubernamental.

Dicha publicidad deberá tener carácter institucional y abstenerse de incluir frases, imágenes, voces o símbolos que las conviertan en propaganda política o electoral, así como elementos de propaganda personalizada de algún servidor público.

Los consejeros determinaron que estas campañas cumplen con las características previstas en la Constitución para poder ser transmitidas durante el periodo de campañas electorales, al estar relacionadas con la difusión de acciones de protección civil en casos de emergencia, servicios de salud o educación.

Sin embargo, el consejero presidente Lorenzo Córdova llamó a todos los gobiernos y servidores públicos a cumplir con las reglas que establecen que, a través de estas campañas, tampoco se podrán difundir logros de gobierno, obra pública, ni emitir información dirigida a justificar o convencer a la población de la pertinencia o logros de una administración en los diversos niveles gubernamentales.

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