DESDE EL VIGÍA

3de3 más exhaustiva

Por Editorial El Vigía
domingo, 11 de febrero de 2018 · 00:00

El Comité de Participación Ciudadana (CPC), elaboró un formato para las declaraciones patrimoniales y de conflicto de interés que permitirá fiscalizar con mayor exhaustividad la evolución del patrimonio de los servidores públicos.

El documento, denominado “Formato Nacional para la Declaración Patrimonial y de Intereses”, amplía los requerimientos de información que actualmente contiene el sistema Declaranet, que administra la Secretaría de la Función Pública (SFP), para precisar no sólo cuántos bienes se tienen, sino la manera en la que se obtuvieron.

La Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción estableció que todos los servidores públicos del país, de los tres niveles de gobierno, de los poderes Judicial y Legislativo, así como de los organismo autónomos deben presentar su declaración patrimonial y de intereses, que ha sido conocida como tres de tres.

Estas declaraciones estarán concentradas en la Plataforma Digital Nacional, que será la herramienta, bajo la administración de la Secretaría Ejecutiva del SNA, mediante la cual se verificará que la evolución patrimonial de los servidores esté acorde con sus ingresos.

El formato elaborado por el CPC está integrado por cinco secciones, la primera, es de Información Personal; la segunda, de Intereses y Asociaciones; la tercera, de Ingresos; la cuarta, de Activos; y la quinta de Pasivos.

En la primera se deben registrar los datos personales como nombre, dirección, RFC, estado civil, régimen matrimonial -de ser el caso-, trayectoria curricular, los datos del encargo, así como lo relativo al cónyuge y/o dependientes económicos.

También debe reportar quiénes son sus socios comerciales, cuáles sus clientes principales, así como si participa de otro tipo de beneficios no especificados.

En la sección tercera, se pide consignar, también con los datos fiscales necesarios, los sueldos y salarios devengados en el servicio público, los obtenidos por otros empleos, los ingresos por actividad profesional o empresarial, los recursos por arrendamientos, intereses, premios y enajenación de bienes.

En la cuarta sección se debe registrar los bienes inmuebles que se poseen y para ello, entre otras cosas, se debe asentar el tipo de bien inmueble, el tipo de operación mediante la cual se adquirió, el número de escritura pública, el número de folio real, la fecha de compra-venta, la forma de adquisición, la persona o razón social de quien se adquirió el inmueble, el precio que tuvo al momento de la adquisición y el valor catastral.

En la quinta sección se deben registras las deudas y otros pasivos que se tengan contraídos.

Fuente: Agencia Reforma
 

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