Otorga el SAT

Facilidad fiscal a agropecuarios

Se permitirá a compradores de ganado o de granos que autoemitan un comprobante fiscal de los bienes que están adquiriendo, para comprobar y deducir su compra
miércoles, 28 de septiembre de 2011 · 00:00
Monterrey, N.L. - El Fisco da a las personas físicas dedicadas a las actividades agrícola, ganadera, silvícola o pesquera una facilidad administrativa en materia de comprobación fiscal, que llaman autofacturación, la cual les evita costos. Fiscalistas aseguraron que las actividades agropecuarias son de las pocas a las que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) otorga este tratamiento especial, el cual facilita a los pequeños productores vender a cualquier comprador formal. La ventaja, destacaron, consiste en permitir a los compradores de ganado o de granos que autoemitan un comprobante fiscal de los bienes que están adquiriendo, para comprobar y deducir su compra. Javier Torres, director de impuestos de KPMG, enfatizó que la autofacturación aplica sólo a las personas físicas que hayan tenido en el ejercicio inmediato anterior ingresos inferiores a 839 mil pesos. “La regla nos dice que los ingresos no deben exceder 40 veces el salario mínimo elevado a un año, correspondiente al área geográfica del contribuyente, para que se beneficie de la autofacturación”. Francisco Saucedo, fiscalista, explicó que la disposición de la autofacturación es debido a que los pequeños productores de ganado o de granos no cuentan con la capacidad tecnológica ni administrativa que requiere el sistema de comprobación fiscal. “Con motivo de la entrada en vigor del IETU, en el 2008, se eliminó la autofacturación, por medio del cual las empresas que adquirían productos de estos contribuyentes, siempre y cuando fueran personas físicas, la empresa adquiriente elabora la factura por las adquisiciones de su productos. “En principio no hubo excepciones, pero la autoridad reconsideró y lo volvió a implementar en el sector agropecuario”. La autofacturación, advirtieron, no aplica para agricultores registrados como personas morales, sólo para las personas físicas. Torres aclaró que es necesario que los compradores de ganado o de granos aseguren que el pequeño productor cuente con su Registro Federal de Causante (RFC), de lo contrario no será válida la factura que autoemitan por la compra. Francisco Medellín, fiscalista de Medellín y Asociados, refiere que otra de las facilidades para el sector agropecuario, en materia de comprobación fiscal, es que la pueden hacer a través de su asociación. “Por medio de su asociación o unión ganadera pueden emitir sus comprobantes fiscales. Sabemos que en el agro no tienen la capacidad tecnológica, internet y personal, no hay infraestructura en su región para llegar a tener internet confiable, por lo que a través de una agrupación, cámara o asociación pueden hacerlo”. A partir de este año, entró en vigor el nuevo sistema de comprobación fiscal digital por internet (CFDI) y el uso de comprobante fiscal en papel con código de barras bidimensional. De acuerdo con el SAT, a partir del 2011 los contribuyentes que inicien operaciones deberán hacerlo a través de un proveedor autorizado de certificación, quien se encargará de validarlas y asignar el folio y sello electrónico de la autoridad fiscal. Sólo los contribuyentes que en el ejercicio inmediato anterior hubieran tenido ingresos inferiores a 4 millones de pesos podrán hacer uso del comprobante fiscal impreso con código de barras bidimensional. Si excede los ingresos de 4 millones de pesos, tendrá que emigrar al CFDI y sólo expedir facturas con código de barras bidimensional para operaciones inferiores a 2 mil pesos. Torres agregó que otras de las actividades que pueden beneficiarse de la autofacturación, también tratándose sólo de personas físicas, son las que arrendan su inmueble para la colocación de anuncio panorámico o promocional, de una antena de telefonía o radio, y para pequeños mineros siempre que no se trate de metales y piedras preciosas.

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