IMIP elaborará estudio técnico para determinar factibilidad de permisos de taxis

jueves, 22 de febrero de 2018 · 16:16

Ensenada, B. C. En sesión extraordinaria de Cabildo se aprobó el procedimiento de análisis de las solicitudes de permisos de transporte en la modalidad de alquiler (Taxi), y la realización de un Estudio Técnico que permita resolver de manera fundada y motivada las solicitudes de las personas físicas interesadas en los términos de los expedientes integrados que el IMIP realice un estudio.

El dictamen presentado por la Comisión de Seguridad, Tránsito y Transporte establece que el Instituto Municipal de Investigación y Planeación elabore un estudio técnico que contenga lo siguiente:

 

a) Contexto

a. Cobertura de la mancha urbana por:

i. Servicio de taxi Ejecutivo

ii. Resto de modalidades de transporte público.

b. Identificación y caracterización de actividades que se desarrollen en la mancha urbana y que puedan generar demandas específicas de servicio de taxi.

i. Comerciales, industriales, turísticas

ii. Equipamiento publico

 

b) Oferta del servicio

a. Inventario de taxis:

i. Con itinerario fijo

ii. Sin itinerario fijo

1. Cantidad de taxis por sitio

b. Inventario de sitios

c. Índice de taxis por cada 1,000 habitantes

i. Comparativo con otras ciudades.

d. Muestreo de taxis con itinerario, sin itinerario, ejecutivo.

i. Tiempo de viaje

ii. Velocidad del servicio

iii. Horario de servicio

iv. Número de servicios por día

v. Oferta horaria de una semana tipo

 

c) Demanda

a. Encuesta a usuarios de taxis

i. Frecuencia de uso

ii. Horarios de uso

iii. Actividad a la que se accede en destino del viaje

iv. Tiempo de espera

v. Preferencia por otros modos de transporte

 

d) Evaluación del servicio

Además la Tesorera Municipal deberá dotar al Instituto Municipal de Investigación y Planeación de Ensenada, de los recursos necesarios para la realización del estudio técnico.

También la Unidad Municipal de Transporte (UMT) y el Instituto Municipal de Investigación y Planeación deberán integrar los expedientes de solicitudes de permiso de transporte en modalidad de taxi, para que sean remitidos a la Comisión de Seguridad, Tránsito y Transporte.

Se establecen como requisitos que deberán cumplirse para la integración documental del expediente para participar en el proceso de otorgamiento de permiso de transporte en la modalidad de alquiler (taxi), los siguientes:

  • Solicitud por escrito manifestando su interés de ser considerado para el otorgamiento de un permiso de transporte en la modalidad de alquiler, señalando domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la ciudad de Ensenada.
  • Carta que acredite la residencia del solicitante en el municipio de Ensenada Baja California, por un periodo mínimo de tres años.
  • Identificación oficial con fotografía de la persona física solicitante.
  • Documento que acredite la nacionalidad mexicana del solicitante.
  • Examen de detección de drogas con resultado negativo del solicitante.
  • Constancia emitida por la Unidad Municipal del Transporte, que conste que el solicitante no es sujeto de otros permisos de transporte de pasajeros en modalidad de taxi, o que haya tenido la calidad de permisionario y hubiere traspasado los derechos de un permiso.
  • Título de propiedad a nombre del solicitante de un vehículo modelo 2016 o posterior que deberá de ser de 4 puertas, con capacidad hasta de 6 pasajeros en excelente condiciones mecánicas; o en su caso carta de aprobación de crédito emitida por institución financiera para la adquisición de un vehículo con las condiciones descritas.

Todos los documentos deberán ser presentados en original o copia certificada. El cumplimiento de estos requisitos no garantiza el otorgamiento del permiso solicitado, quedando sujeto a los resultados que arrojen los Estudios Técnicos en cuanto al número de unidades recomendadas y a la solicitud de mayores requisitos.

Cabe señalar que una vez hecha la integración documental de los expedientes, las solicitudes de permiso de transporte de alquiler (taxi) aprobadas por parte del ayuntamiento de Ensenada, y previo a la expedición del permiso correspondiente, los solicitantes -dentro de un término de 15 días hábiles contados a partir de la fecha en que se les requiera para tal efecto-, deberán de cumplir con los siguientes requisitos:

  • Presentar ante la Unidad Municipal de Transporte (UMT), el vehículo de 4 puertas con capacidad máxima de hasta 6 pasajeros, mismo que corresponde al permiso solicitado.
  • El vehículo deberá contar con emblema del gremio en las puertas delanteras, teléfono, número económico y color del Gremio, señalamiento de taxi en cajuela y puertas traseras.
  • El vehículo deberá contar con un esquema de plataforma tecnológica o taxímetro.
  • Licencia de conducir tipo “D” expedida por la Autoridad Estatal correspondiente.
  • Póliza vigente de seguro correspondiente al vehículo del cual es propietario.
  • Constancia de cursos de capacitación para operadores relativo a servicios públicos de transporte sobre temas de conducción responsable, manejo y concientización de relaciones humanas, servicio al cliente, por parte de Seguridad Publica o Policía Federal.

Para el caso de que el solicitante de permiso no cumpla con alguno de los requisitos antes descritos, en el término establecido, se dejará sin efecto la aprobación del permiso solicitado.

Cualquier duda respecto a la integración o interpretación de los preceptos aprobados será resuelta por consenso por el Secretario General, el titular de la Unidad Municipal del Transporte, el titular del Instituto Municipal de Investigación y Planeación, y la titular de la Sindicatura Municipal.

La Sindicatura Municipal en el ejercicio de sus atribuciones participará en la integración de los expedientes derivados de las solicitudes en comento y garantizará el debido ejercicio transparente y de simplificación en los términos del artículo 7 del Reglamento de Transporte Publico para el municipio de Ensenada, Baja California.

Además se instruye al Director de la Unidad Municipal de Transporte  (UMT), para que exhorte al Consejo Municipal de Transporte a efecto de que en un término de 5 días contados a partir de su conocimiento, emita su opinión sobre las solicitudes de permisos de taxi antes descritas, apercibido de que en caso de no emitirlo en el término fijado se tendrá por conforme.

Para el caso de emitirlo, se le instruye para que genere un Adendum a la opinión técnica, con el objeto de dar cumplimiento al artículo 9 fracción XIII del Reglamento de Transporte Publico para el municipio de Ensenada.

...

Comentarios