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Habrá opción de pago al registrar propiedad

lunes, 12 de marzo de 2018 · 00:00

REDACCIÓN/EL VIGÍA
Mexicali B. C.

El Gobierno del Estado firmó un decreto para que el ciudadano seleccione el tipo de cuota en el pago del registro de propiedad de bienes inmuebles, así como la exención en el pago de derechos del impuesto a la educación media y superior para este servicio.

Por medio de este decreto, el Registro Público de la Propiedad y del Comercio ofrece estímulos fiscales a los ciudadanos que soliciten inscripción de documentos públicos o privados de propiedad de bienes inmuebles, asimismo, la condición resolutoria o suspensiva en los casos de venta de bienes raíces.

El decreto también aplica por la inscripción de toda clase de gravámenes o contratos de garantía que limiten la propiedad o la posesión ordinaria de inmuebles; actos o contratos en virtud de los cuales se adquieran, se den en comodato, se arrienden, transmitan, limiten o modifiquen derechos reales de inmuebles distintos de dominio.

Así como contratos de crédito hipotecario, incluyendo aquellos cuyo destino sea la adquisición, remodelación, ampliación o construcción de vivienda, sobre el monto del gravamen, garantía o acto de que se trate.

EXENCIÓN DEL PAGO DEL IMPUESTO
Este estímulo fiscal consiste en que el ciudadano podrá seleccionar pagar a tasa fija la cantidad de 6 mil 49.04 pesos moneda nacional, o bien, el 0.5 por ciento del valor de la operación, beneficiando esto si la operación es menor a la tasa fija.

Además, para estos servicios en materia de propiedad, citados en las fracciones II y III del artículo 13 de la Ley de Ingresos del Estado de Baja California para el Ejercicio Fiscal 2018, se incluye en el mismo decreto la exención del pago del impuesto adicional para la educación media y superior.

De igual manera, dentro de este mismo decreto, el Gobierno del Estado otorga estímulo fiscal a quienes realicen servicios ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio para inmuebles sin construcción (lotes baldíos), mismo estímulo fiscal aplica solo para los que su valor comercial o precio de venta final no exceda de 150 mil pesos, siendo la cuota de derechos a pagar de 900 pesos.

 

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