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Definen el 7 de enero las reglas para la ZEF

Al tratarse de un decreto para la reducción del IVA, sólo será aplicable para las empresas que soliciten adherirse a este beneficio al SAT
jueves, 3 de enero de 2019 · 00:00

Nicté Madrigal/EL VIGÍA
nmadrigal@elvigia.net | Ensenada, B. C.

Ante la incertidumbre de la aplicación de los estímulos fiscales de la Zona Económica Fronteriza (ZEF), especialistas en el tema, recomendaron a los contribuyentes esperar a la publicación de las regla, lo cual ocurrirá el próximo 7 de enero.

Octavio de la Torre de Stéffano, vicepresidente de Comercio Exterior y Síndico del Contribuyente ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), de la Confederación Nacional de Cámaras de Comercio Servicios y Turismo (Concanaco Servytur), aclaró que no se trata de una ley.

Es decir que, al tratarse de un decreto, sólo será aplicable para quienes soliciten adherirse a este beneficio, siempre y cuando desarrollen sus actividades comerciales en esta zona fronteriza.

El especialista consideró que, aunque se trata de un esquema que puede mejorarse, lo destacable es haber logrado que Ensenada fuera considerada dentro de la medida.

Emiten recomendaciones
Asimismo, la Confederación Patronal Mexicana (Coparmex) Ensenada, emitió una serie de “tips” respecto del Decreto citado:

1.-Es un decreto de estímulos fiscales opcionales, para reducir el ISR al 20 por ciento y el Impuesto al Valor Agregado (IVA) al 8 por ciento, en la región fronteriza, es decir, no será obligatorio.

2.- Sólo algunos contribuyentes calificarán para los estímulos fiscales.

3.- El consumidor final no podrá exigir en los establecimientos la reducción en los precios, sólo lo aplicarán aquellos que se hayan adherido a los programas.

4.- Aún se encuentra pendiente que el Servicio de Administración Tributaria (SAT), permita el timbrado de los CFDI, lo que impide trasladar el IVA al 8 por ciento.

5.- Según en el portal del SAT, dichas reglas estarán publicadas al día 07 de enero de 2019.

6.- Bajo su propio criterio, quienes realicen operaciones con el público en general, podrán trasladar el IVA al 8 por ciento, en tanto no sean publicadas dichas reglas por el SAT, o bien, sea posible efectuar el timbrado de los CFDI.
 

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