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Firman decreto en apoyo a vivienda

El documento en su artículo 1 condona el pago del 100% de los recargos generados hasta la entrada en vigor del mismo, por la falta de pago oportuno
miércoles, 24 de abril de 2019 · 00:00

Redacción/EL VIGÍA
Mexicali, B. C.

Con el propósito de brindar a las familias más necesitadas, las facilidades para contar con vivienda digna, el Gobierno del Estado, a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas, firmó un Decreto en apoyo al desarrollo inmobiliario y de la vivienda en la entidad.

El secretario de Planeación y Finanzas, Bladimiro Hernández Díaz, explicó que de acuerdo con el artículo 21 de la Ley de Ingresos del Estado de Baja California para el ejercicio fiscal 2019, los servicios prestados para el desarrollo inmobiliario y de la vivienda para el Estado, generan derechos, y al incumplir con el pago de los mismos se acumulan recargos en algunos de ellos, como lo son en la expedición de títulos de propiedad, realización de trabajos técnicos, implantación en campo y kilometraje en campo.

PAGO ÚNICO O EN PARCIALIDADES
Por tal motivo, el Gobierno del Estado ha autorizado la firma del Decreto que en su artículo primero condona el pago del 100% de los recargos generados hasta la entrada en vigor del Decreto, por la falta de pago oportuno de derechos causados por los servicios prestados para el desarrollo inmobiliario y de la vivienda para el Estado de Baja California a que se refiere el artículo 21 de la Ley de Ingresos del Estado del ejercicio fiscal correspondiente, siempre y cuando el contribuyente cubra el total de su adeudo, mediante una sola exhibición en efectivo, o en especie mediante dación, en pago a más tardar el día 31 de octubre de 2019.

Según lo estipulado en el artículo II, para el caso en que los beneficiarios del Decreto opten por el pago en parcialidades para cubrir la totalidad del adeudo por la falta de pago oportuno de derechos generados por servicios prestados para el desarrollo inmobiliario y de la vivienda para el Estado; en primer término deberán solicitar la autorización de pago a plazos antes del 31 de octubre de 2019, debiendo cubrir a más tardar ese mismo día hasta el 30% de la suerte principal; en tanto que los porcentajes de condonación de los recargos serán ajustados.
 

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