Principal

Facilitan en IMSS ayuda para casarse

martes, 16 de julio de 2019 · 00:00

Benjamín Pacheco/EL VIGÍA
bpacheco@elvigia.net | Ensenada, B. C.

Para este año fue disminuido el tiempo de entrega, de siete a tres días hábiles, para los derechohabientes que soliciten la Ayuda para Gastos de Matrimonio (AGM), prestación económica a la que tienen derecho los trabajadores del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Conforme a los datos de la Delegación del IMSS en Baja California, el monto es de al menos 2 mil 534 pesos y provienen de la cuenta individual del trabajador, es decir, de los recursos que destina al seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez.

Andrés Ruiz Maciel, coordinador de Prestaciones Económicas del IMSS, informó que anteriormente el asegurado debía realizar la solicitud en las Unidades de Medicina Familiar.

“Se otorgaba una resolución en papel, y posteriormente acudía a su Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) para cobrar la prestación, (pero ahora) se acude directamente a la Afore para realizar todo el trámite.

“La prestación es de 30 días del valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Para 2019, este monto equivale a 2 mil 534.70 pesos y la cantidad se modifica según la fecha en que se haya contraído el matrimonio civil, pues cada año se modifica su valor, ya sea de la UMA o el importe del salario mínimo, en el caso de los matrimonios anteriores a 2016”, explicó.

ES DINERO DEL MISMO TRABAJADOR
Es importante mencionar que el importe que se paga proviene de la cuenta individual del trabajador o trabajadora, prosiguió el administrativo, es decir, de los recursos que se destinan en el seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, y que son administrados por las afores.

“Cada año el IMSS facilita la entrega de la Ayuda para Gastos de Matrimonio a un promedio de 72 mil personas y se puede otorgar, en una ocasión, a cada una de las personas que han contraído nupcias”, aclaró.

Ruiz Maciel especificó que lo puede recibir cada uno de los trabajadores, ya sean parejas de hombre y mujer, o matrimonios de parejas del mismo sexo, siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos.

Estos son: matrimonio civil celebrado posterior al 30 de junio de 1997; tener un mínimo de 150 semanas de cotización en el seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, a la fecha de celebración del matrimonio.

Además, ser trabajador en activo al momento de la celebración del matrimonio civil o que haya mantenido la vigencia de derechos hasta 90 días posteriores a su baja.

...

Comentarios