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Confunde el término emergencia sanitaria

Según un abogado laboral, la declaración del Gobierno federal no obliga a suspender actividades en empresas, al contrario, se debe adoptar el “teletrabajo”
miércoles, 1 de abril de 2020 · 00:00

Gerardo Sánchez/EL VIGÍA
gsanchez@elvigia.net | Ensenada, B. C.

La declaración de emergencia sanitaria es diferente a una contingencia sanitaria, siendo esta última una causal de suspensión colectiva de las relaciones laborales, lo cual no fue el objetivo del anuncio realizado el pasado lunes por el Gobierno federal.

Alberto Muñoz Avilez, abogado especialista en materia laboral, explicó lo anterior y señaló que la emergencia sanitaria sigue siendo una recomendación por parte de la autoridad sanitaria y sólo en algunas de sus vertientes pudiera tener aplicación de obligatoriedad en la legislación laboral.

La declaratoria, puntualizó ha generado muchas dudas y confusiones tanto entre los trabajadores como entre los patrones, por lo que la recomendación es que se revise cada decisión para que no se violenten ni derechos ni obligaciones de ambas partes.

Se está en espera, dijo, que las autoridades laborales detallen las consecuencias jurídicas, pero fundamentalmente se busca que sea mediante acuerdos entre empleador y empleados que se establezcan como se aplicarán esas medidas sanitarias muy importantes, pero también se requiere mantener las fuentes de empleo.

Trabajo a distancia
La emergencia sanitaria declarada tiene como consecuencia que los servicios social y privado adopten modalidades de teletrabajo, trabajo a distancia o análogos, pero no se suspenden las relaciones laborales, enfatizó.

Las medidas derivadas de la emergencia sanitaria, no involucran hasta el momento pago de indemnización alguna, sino que prevé un permiso con goce de sueldo únicamente para personas con categorías de vulnerabilidad específicas (mayores de edad, diabéticos, hipertensos, embarazadas, con enfermedades crónico degenerativas), las cuales previamente deberán comprobar con un dictamen médico de tal condición.

 

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