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Jurídicamente inviable cobro del DAP: experto

lunes, 29 de noviembre de 2021 · 01:45

Gerardo Sánchez/EL VIGÍA
gsanchez@elvigia.net | Ensenada, B. C.


La propuesta del Ayuntamiento de Ensenada para cobrar el Derecho por Alumbrado Público incurre en los vicios jurídicos que ya rechazó la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo que tendría que ser rechazada por los diputados locales.
Los legisladores bajacalifornianos están advertidos por el máximo tribunal del país de que no pueden continuar autorizando el cobro del DAP como lo han venido haciendo en años anteriores, indicó Roberto Jaime Córdova, abogado especializado en este tema.
Cabe puntualizar, señaló el abogado, que la SCJN no invalidó el DAP sino la manera en que se cobra, es decir debido a que no se respeta el principio de proporcionalidad tributaria.
De acuerdo a los argumentos de los magistrados, agregó, el cobro del Derecho por Alumbrado Público se tendría que hacer con relación a los usuarios de ese servicio que prestan los ayuntamientos.
Estos usuarios, enfatizó, serían los habitantes de una municipalidad y no los propietarios de algún predio, como es la propuesta planteada por el gobierno municipal.
La gran dificultad para la autoridad es cómo hacer que paguen los habitantes de la ciudad si no se tiene la manera práctica de efectuarles ese cobro, añadió Jaime Córdova.

Sin fundamentar cobro
Otra de las dudas -concluyó el abogado- es en torno a la propuesta presentada por el Cabildo ensenadense en lo que se refiere al costo del servicio, pues ellos aseguran que para el próximo año serán de 113 millones 199 mil pesos, sin explicar cómo se obtuvo esa cifra, ni tampoco el por qué se pagaría más el siguiente año si se redujo el número de habitantes y área de servicio de alumbrado público con la municipalización de San Quintín.
Cabe señalar que en las comparecencias de presentación de las leyes de ingresos de otros ayuntamientos, los diputados locales hicieron observaciones en torno a la manera en que se pretende aplicar el cobro del mencionado derecho, que aunque es facultad de los gobiernos municipales, jurídica y en la práctica no se han encontrado la manera de cumplir con lo señalado por la Suprema Corte de Justicia en varias resoluciones emitidas al respecto.

 
 

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