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No pagarán “chocolates” trámite aduanal y placas

El presidente de México, Andrés Manuel López Obrador amplió el decreto de autos ilegales en el país hasta septiembre y ordenó a los Gobiernos estatales a no cobrarles matrículas a los poseedores de éstos
lunes, 28 de febrero de 2022 · 02:01

Gerardo Sánchez/EL VIGÍA
gsanchez@elvigia.net | Ensenada, B. C.

El presidente Andrés Manuel López Obrador amplió el decreto para la regularización de los “autos chocolate” hasta septiembre y exentó del trámite de importación aduanal a los poseedores de esos vehículos y pide a los gobiernos estatales exentar también el pago de placas y otros trámites.

Ayer se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto que amplia hasta el 20 de septiembre de 2022 -originalmente la fecha de vencimiento era el 20 de julio-.

Asimismo, en el artículo 2 del nuevo decreto se establece: “para efectos de su regularización en territorio nacional, podrán obtenerla sin que se requiera certificado de origen; permiso previo de la Secretaría de Economía; intervención de agente aduanal, agencia aduanal, apoderado aduanal o de cualquier otro intermediario; ni inscripción previa en el Padrón de Importadores”.

Este último punto se da luego de que López Obrador señaló que en sus giras presidenciales en los Estados incluidos en la regularización de “autos chocolate” le habían indicado que además de los 2 mil 500 pesos del pago para la inscripción en el Padrón Vehicular se tenían gastos por la importación, cubrir la obtención de placas y pagar otros trámites.

Ante esta situación, el presidente de la República, pide a los gobernantes de las entidades incluidas en el decreto: “CUARTO. Se instruye a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, para que promueva con los gobiernos de los estados de Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila de Zaragoza, Durango, Michoacán de Ocampo, Nayarit, Nuevo León, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas y Zacatecas, el otorgamiento de estímulos, condonaciones y exenciones, así como facilidades administrativas relativas a la expedición de placas y demás mecanismos para control vehicular de carácter local”.

Oficinas de trámite
También se establece que los gobiernos estatales tienen que instalar oficinas para que los poseedores de esos automotores realicen el trámite “cerca de sus domicilios”.

“Artículos 3.- Se instruye a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana a través del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (Registro Público Vehicular), para que en colaboración con las autoridades de las entidades federativas de Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila, Durango, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas y Zacatecas, establezcan los módulos de inscripción vehicular para que los propietarios de vehículos usados de procedencia extranjera residentes en las entidades federativas a que se refiere el presente Decreto lleven a cabo la regularización de los mismos cerca de su domicilio”.

 

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