Nacional

Prohíbe tribunal remate anticipado

Concedió las primeras suspensiones en favor de personas físicas y morales que han promovido amparos para impugnar la ley
sábado, 21 de diciembre de 2019 · 00:53

AGENCIA REFORMA
Ciudad de México

Un tribunal federal resolvió que se debe suspender el posible remate anticipado de bienes permitida por la nueva Ley Nacional de Extinción de Dominio, vigente desde agosto.

El Noveno Tribunal Colegiado en Materia Civil concedió las primeras suspensiones en favor de personas físicas y morales que han promovido amparos para impugnar la ley, en particular, la posibilidad de que el Gobierno venda bienes sujetos a proceso de extinción antes de que el juez respectivo dicte sentencia.

“Se concede la suspensión definitiva para que, en caso de que se llegara a iniciar un proceso de extinción de dominio, en contra del quejoso, respecto del bien señalado en su demanda de amparo, no se proceda a su venta, disposición, transmisión de la posesión (uso, depósito, comodato, arrendamiento o cualquier otro acto similar)”, resolvieron los magistrados.

Los amparos fueron promovidos por personas físicas y por empresas medianas y pequeñas, sobre todo inmobiliarias, tiempos compartidos y transportistas, que pueden ser afectadas por extinciones de dominio derivadas de delitos cometidos por terceros.

El tribunal publicó la primera tesis sobre el tema el 13 de diciembre en el Semanario Judicial.

REVISAN NEGATIVAS
Este tribunal sólo ha resuelto algunas revisiones contra las negativas de suspensión dictadas por Olga Lidia Treviño, jueza Especializada en Extinción de Dominio, quien ha concentrado los alrededor de 2 mil amparos contra la nueva ley.

Al menos tres tribunales colegiados civiles han sostenido el criterio contrario, es decir, consideran que no procede la suspensión, por lo que el Noveno Tribunal denunció este mes la contradicción de tesis ante el Pleno Civil del Primer Circuito, integrado por catorce magistrados, para que fije la jurisprudencia respectiva.

Además de negar las suspensiones, la jueza Treviño ha desechado los amparos promovidos contra esta ley, por considerar que su sola entrada en vigor no afecta a los ciudadanos, pero esas sentencias serán revisadas por tribunales colegiados, y probablemente por la Suprema Corte de Justicia.

“Es claro que la afectación alegada no es real y actual o inminente al momento de la interposición del amparo y tampoco es consecuencia de la vigencia de la ley, sino que deberá resultar de la instauración de un procedimiento de extinción de dominio, hecho que en este momento es futuro y contingente”, afirmó Treviño, única jueza especializada en el tema.

En los casos en que se concedieron suspensiones, estarán vigentes durante todo el trámite del juicio.

Además, la CNDH pidió en septiembre a la Suprema Corte invalidar estas y otras 18 reglas de la Ley de Extinción, juicio que está en trámite y no suspendió la vigencia de la norma.

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