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Perfilan en Corte un revés a Rocío Nahle

jueves, 21 de enero de 2021 · 00:24

AGENCIA REFORMA
Ciudad de México

La Suprema Corte de Justicia discutirá el 27 de enero un proyecto que anula porciones relevantes de la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional (SEN), publicada el 15 de mayo de 2020 por la Secretaria de Energía, Rocío Nahle.

El proyecto, que revisarán los cinco ministros de la Segunda Sala, invalida alrededor de 20 disposiciones del decreto, informaron fuentes judiciales.

Agregaron que se trata de directrices con las que Nahle busca dificultar la conexión al SEN de centrales privadas que generan electricidad a partir de fuentes renovables, y que serían bloqueadas mediante requisitos que les impondría el Centro Nacional de Control de Energía (Cenace).

Dichos requisitos, según el proyecto, son contrarios al marco constitucional y legal de la industria eléctrica, vigente desde la reforma energética de 2014.

La controversia que discutirá la Corte fue presentada por la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), y es adicional a demandas similares que promovieron varios gobernadores de oposición.

CON TRES DE CINCO
Para aprobar el proyecto del ministro Luis María Aguilar, bastará el voto de tres de los cinco ministros de la sala, y el caso no sería visto por el pleno de la Corte porque lo impugnado no tiene el rango de ley o reglamento, sino que es un mero acuerdo administrativo.

Es posible, sin embargo, que alguno de los ministros de la sala solicite que el caso sea enviado al pleno, lo que podría retrasar su resolución.

Desde junio pasado, el decreto de Nahle fue suspendido por dos jueces federales que han tramitado decenas de amparos de empresas privadas, y en noviembre el juez Juan Pablo Gómez Fierro lo declaró inconstitucional en su totalidad, porque la Secretaría de Energía lo publicó en el Diario Oficial sin someterlo a proceso de mejora regulatoria.

Las sentencias que conceden estos amparos, sin embargo, no surten efectos mientras no sean confirmadas por un tribunal colegiado.
 

 

 

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