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Anula la Corte regulación a la objeción de conciencia

Por ocho votos contra tres, luego de un intenso debate, el Pleno invalidó el artículo 10 Bis de la LGS, que establecía que el personal médico y de enfermería del Sistema Nacional de Salud podría negarse a participar en la prestación de un aborto voluntario por motivos ideológicos
martes, 21 de septiembre de 2021 · 01:37

Agencia Reforma
Ciudad de México

La Suprema Corte de Justicia de la Nación anuló ayer la regulación a la objeción de conciencia, prevista desde 2018 en la Ley General de Salud (LGS), misma que deberá ser reformada por el Congreso para incluir lineamientos sugeridos por los Ministros.

Por ocho votos contra tres, luego de un intenso debate, el Pleno de la Corte invalidó el artículo 10 Bis de la LGS, que establecía que el personal médico y de enfermería del Sistema Nacional de Salud podría ejercer la objeción de conciencia y excusarse de participar en la prestación de servicios.

La Corte acordó por unanimidad que la objeción del personal médico es Constitucional, y deriva de la liberta de religión y conciencia prevista en el artículo 24 de la Carta Magna. Sin embargo, la mayoría consideró que el 10 Bis es demasiado escueto y no define con suficiente detalle los derechos de los pacientes, especialmente de mujeres que busquen la práctica de un aborto.

PLAZOS Y LINEAMIENTOS
El pasado 7 de septiembre la Corte declaró inconstitucional la penalización de la interrupción voluntaria del embarazo.

Sobre el tema de la objeción de conciencia, la Corte decidirá el plazo que fijará al Congreso para emitir nueva legislación, los lineamientos que incluirá en la sentencia, y el alcance de ésta, es decir, si será un exhorto o una orden.

La mayoría rechazó un proyecto del ministro Luis María Aguilar, que buscaba salvar el artículo 10 Bis, mediante una interpretación conforme, que agregaba varios lineamientos de la propia Corte para acotar la objeción de conciencia.

El ministro Alfredo Gutiérrez, que había apoyado el proyecto, cambió su voto al final de la sesión para sumar los ocho necesarios para la invalidez, pues con una mayoría de siete, la Corte hubiera tenido que desestimar la acción de la CNDH sin emitir pronunciamiento alguno.

 

¿Qué deberá aclarar el Congreso?
A partir de los argumentos de los ministros, estos son algunos lineamientos que deberá contemplar la Ley General de Salud:

- Que la objeción de conciencia es individual, no institucional.

- Que los médicos y personal que ejerzan la objeción deberán informar y canalizar al paciente de manera oportuna.

- Que el personal médico no puede emitir juicios de valor ni tener actitudes discriminatorias hacia los pacientes.

 

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