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Otorga la reforma laboral días de luto para trabajador
gsanchez@elvigia.net | Ensenada, B. C.
La Cámara de Diputados aprobó dos dictámenes que modifican la Ley Federal del Trabajo, relativos al permiso por luto y a la no discriminación, por razones de edad a quienes buscan un empleo.
Con 428 votos a favor y una abstención, el Pleno avaló adicionar una fracción XXIX al artículo 132 de la mencionada Ley, a fin de incluir como obligación del patrón otorgar permiso por luto de cuando menos tres días hábiles con goce de sueldo, a los trabajadores por muerte de padres, hijos, hermanos, cónyuge, concubina o concubinario; estos días serán inmediatos al deceso.
Para ello, el trabajador deberá justificar el evento y dispondrá de quince días hábiles para presentar al patrón, o a quien éste designe, el Acta de Defunción correspondiente.
En tanto, por 428 votos en pro, se ratificó la reforma al párrafo segundo del artículo 3 de la Ley Federal del Trabajo, para señalar que no podrán establecerse condiciones que impliquen discriminación en el ingreso, permanencia, promoción y ascenso entre los trabajadores por motivo de edad.
Al referirse al primer dictamen, el secretario de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, diputado José del Pilar Córdova Hernández, precisó que el conceder cuando menos tres días de luto con goce de sueldo a los trabajadores por fallecimiento de un familiar en primer grado, es necesario para quien lo sufre y generoso por parte de quien lo da.
Dijo que la reforma da la certeza moral de que se apoya a los trabajadores del país, para que una laguna en la legislación laboral federal sea subsanada y quede plasmado en específico este derecho para todos ellos.
Agregó que antes, sólo unos cuantos privilegiados en México gozaban de un permiso por luto. A partir de hoy, continuó, "se dará este beneficio sin distinción para todos los que trabajan y producen por México; sin importar el rango, la categoría y el estatus”.
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