TUS FINANZAS EN FÁCIL

Si alguien compró tu deuda, ¿ya no tienes qué pagarla?

Por Coru.com*
viernes, 22 de febrero de 2019 · 00:00
Imagina que le debes dinero al banco, pero de pronto, ya no recibes llamadas ‘invitándote’ a pagarles, ¡qué alivio!... Hasta que comienzan a buscarte de otro despacho diciendo que son dueños de tu deuda y debes pagarles a ellos. Esto es posible y aquí te lo explicamos

¿Pueden vender tu deuda?
Sí. A grandes rasgos existen dos tipos de clientes para las instituciones que otorgan crédito:

1) Los que están al corriente de sus pagos (cartera vigente)

2) Y quienes por alguna razón dejaron de pagar (cartera vencida). Si eres de este segundo grupo, a partir del día 91 de no pagar, te conviertes en un deudor moroso, por lo cual podrían vender tu deuda a un tercero.

¿Por qué traspasan la deuda? Cuando la institución da por perdido el dinero, a través de una subasta pública le ceden el problema a alguien más a un precio atractivo, bajo la idea que de es mejor perder una parte a perderlo todo.

Es importante saber que los despachos de cobranza ganan por comisión, por eso es importante asegurarte que tu deuda realmente fue adquirida por la empresa que te busca y quienes te hablan no sólo son intermediarios.

Si otra empresa compra la deuda, ¿estás libre de pagar?

Se les llama adquirientes de deuda (despachos particulares de abogados, contadores, etc.) y no, no son ángeles guardianes de los deudores.

Cuando pides un crédito, asumes un compromiso, por lo tanto, que tu deuda haya sido comprada no te exime de liquidarla. El problema es que estos despachos suelen caer en malas prácticas, pues no están 100% regulados, por eso es importante estar atento para evitar tener un desafortunado final.

Lo primero es averiguar si realmente tu deuda le pertenece a quien se la adjudica, hazlo pidiendo un Reporte de Crédito Especial en el Buró de Crédito, ahí debe aparecer que en tu banco (u otra institución) la cuenta está en ceros y cerrada, pero al mismo tiempo, debería tener la clave CV (Cuenta Vendida) y quién la compró.

De ser así, deberás ponerte de acuerdo con el nuevo acreedor, de lo contrario, aún podrás negociar con el de siempre.

Para conocer todos los datos del adquiriente, visita el Directorio de Adquirientes (también disponible en el Buró de Crédito). Al momento de negociar, la recomendación es acercarte a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios Financieros (Condusef) para pedir asesoría y no pagar ni aceptar ningún trato que no sea por escrito y, de preferencia, en presencia de un conciliador.

Asimismo, deberá haber un documento que certifique que la deuda está saldada, para evitar que desconozcan el pago.

Ya saldé la deuda, ¿mi historial crediticio queda limpio?

Lamentablemente, no. Esto porque tú saldas la deuda con el adquiriente, por lo tanto, él registrará esto; sin embargo, la institución a quien debías en un principio, no. Es decir, para ella nunca le pagaste, por lo tanto, tu calificación seguirá siendo negativa.

La única forma de borrar una deuda incumplida es con el tiempo, dependiendo del monto de ésta, pueden pasar de 1 a 6 años para que se elimine.

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