DE DERECHO Y ALGO MÁS

El resultado de la consulta popular

Por Juan Ricardo Pérez Zayola*
sábado, 7 de agosto de 2021 · 02:21

Por fin el pasado domingo dos de agosto se llevó a cabo la consultar popular cuyo objeto se decía era para decidir si se juzgaba o no a los ex presidentes de la República, con un costo de 528 millones de pesos y con una participación aproximada de 6 millones de personas que representan un porcentaje muy bajo del padrón electoral y por ende alejado totalmente del 40 por ciento requerido.

Con la instalación de 57 mil mesas receptoras equivalentes a un 34 por ciento de las casillas electorales su resultado no tiene el carácter de vinculante en relación con la pregunta realizada en dicha consulta, hubo quienes estaban a favor de la misma y otros en contra.

Ahora bien, se puede culpar a la Corte, al INE e inclusive al propio Ejecutivo Federal por estos magros resultados los cuales podrían reflejar la falta de movilización del partido en el poder, la falta o mala organización del instituto a cargo de la misma o la ambigüedad de la pregunta formulada o la tibieza de su principal promotor ideológico y moral o lo peor del caso la apatía social, sin embargo, lo rescatable de este ejercicio es precisamente su ejercicio, es decir su celebración ya que más de allá de las causas que pudieran haber provocado la pobreza de la misma si resulta sano para la sociedad mexicana contar con este mecanismo legal, del cual habrá que aprender de sus errores para que en futuros ejercicios se logre una efectiva y proporcional participación social en la misma.

Pero también habrá que educar a la sociedad de que en temas de aplicación de la normal penal, estas no pueden quedar al arbitrio de la decisión de las mayorías, ya que la República cuenta con los aparatos de procuración e impartición de justicia encargados precisamente de investigar y sancionar las conductas delictivas, sin que importe quien o quienes las cometieron.

Para ello se debe de entender que el derecho penal debe de alejarse de toda connotación política en cuanto a su ejercicio y aplicación, el cual a través de sus vertientes de extrema ratio y ultima ratio, garantiza la protección de los bienes jurídicos y la reacción enérgica del Estado ante la lesión de estos y es precisamente en esta vertiente donde la obligación de la investigación, persecución y sanción de las conductas delictivas corresponden a los órganos Estatales como lo son las Fiscalías y el Poder Judicial en los cuales a través del pacto social se ha encomendado precisamente esta labor.

Por lo que no es permisible ni hoy ni a futuro que se consulte la aplicación de la ley penal so pena de romper el equilibrio social pues quedaría al arbitrio de la mayoría la aplicación o no de la misma rompiendo así con el objeto social del Estado que es garantizar la impartición de justicia y la sanción de las conductas delictivas actualmente de por sí castigado, por el populismo penal que no es otra cosas que la reacción exagerada en el ámbito de las sanciones punitivas e incrementos de la misma atento a la histeria social más no a una real política social de combate a la criminalidad.

Por otra parte y en temas de carácter económico o de trascendencia social las consultas populares resultan un mecanismo eficaz que garantiza el ejercicio democrático a través del cual la sociedad puede hacer valer su voz en decisiones ante el Estado pero no deben de utilizarse para influir en la decisión de investigar o no hechos que pudieran constituir delitos porque entonces se debe de entender que se ha fracasado en la obligación de velar por la legalidad del Estado de Derecho.

*Maestro en Juicios Orales y abogado postulante
 

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