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Firman decreto a favor de rurales

El documento exime el 75% del pago de los derechos sobre servicios prestados por el Registro Público de la Propiedad y el Comercio
lunes, 1 de abril de 2019 · 00:00

Redacción/EL VIGÍA
Mexicali, B. C.

Con el fin de atender los requerimientos de la población en general y en especial de las poblaciones de escasos recursos, el Gobierno del Estado ha emitido un decreto destinado a grupos poblacionales vulnerables, zonas rurales y alejados de las cabeceras municipales del Estado, en el que se exime el 75% del pago de los derechos por servicios prestados por el Registro Público de la Propiedad y el Comercio.

El secretario general de Gobierno señaló que esta disposición será cuando se trate de jornadas o campañas registrales realizadas por la dependencia en comunidades alejadas de las cabeceras municipales o bien zonas rurales del Estado.

Dijo que de acuerdo al artículo segundo correspondiente a dicho decreto, se otorga la exención del pago del Impuesto Adicional para la Educación Media y Superior que se genere por el servicio establecido en el Artículo Primero del presente decreto, en los mismos términos y porcentajes.

De igual manera, la Secretaría de Planeación y Finanzas, con el propósito de facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes, cuenta con atribuciones para emitir reglas de carácter general y criterios referentes a la administración, control, forma de pago y procedimientos relacionados con el presente decreto.

NO HAY DEVOLUCIÓN EN PAGOS ANTERIORES
Asimismo, se establece que los pagos que se hayan realizado con anterioridad a la vigencia del presente decreto, no darán derecho a devolución ni compensación; en tanto que, cuando exista duda en cuanto a la interpretación del presente decreto por parte de alguna de las instancias a las que corresponda aplicarlo, deberán acudir a la Procuraduría Fiscal de la Secretaría de Planeación y Finanzas para su debida interpretación.

Por último, el artículo transitorio único informa que el decreto surtirá efectos a partir del día de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Baja California y tendrá vigencia hasta el día 31 de octubre de 2019.

Este decreto fue firmado por el gobernador del Estado, el secretario general de Gobierno y el secretario de Planeación y Finanzas.

 

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