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Juezas ejemplares

Las magistradas de distrito Karla Macías, en Irapuato, Guanajuato y Magdalena Hipólito, en Monclova, Coahuila, asumieron al máximo sus facultades dentro de un juicio de amparo
viernes, 28 de febrero de 2020 · 00:00

César Martínez/AGENCIA REFORMA
Ciudad de México

En el país de los 61 mil desaparecidos, los jueces podrían desempeñar un rol crucial para impedir que esa cifra aumente, como ya lo han demostrado dos mujeres.

Se trata de las juezas de distrito Karla Macías, en Irapuato, Guanajuato, y Magdalena Hipólito, en Monclova, Coahuila, quienes asumieron al máximo sus facultades dentro de un juicio de amparo.

La primera logró determinar que militares desaparecieron a Juan Flores y ordenó que se les investigara penalmente. La segunda confrontó personalmente a agentes municipales, y tiempo después el cadáver de la víctima, Juan Carlos, fue hallado en una zanja; su labor también ayudó a la liberación de otro joven que estaba desaparecido.

Ambas dejaron el escritorio y asumieron un papel casi de investigadoras, como proceso para resolver un amparo en su figura de habeas corpus, una medida legal mediante la cual se obliga a que una persona sea presentada físicamente ante el juez.

El actuar de estas dos juezas son el punto de partida del ex Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), José Ramón Cossío, para la elaboración de un protocolo de actuación para todos los jueces ante esos recursos legales bautizados como amparos buscadores.

Desde el 2012, cuando al final del sexenio de Felipe Calderón se filtró una lista oficial de 25 mil personas desaparecidas, la cifra ha aumentado con cada nuevo reporte. Para el 31 de diciembre de 2016, la entonces PGR informó al Senado que ya se superaban las 30 mil víctimas.

El primer Comisionado Nacional de Búsqueda, Roberto Cabrera, reveló, antes de dejar el cargo en enero de 2018, que el número era de 40 mil 180 desaparecidos. Y más recientemente, el 6 de enero de este año, el Gobierno de Andrés Manuel López Obrador actualizó los datos a 61 mil 637 desaparecidos desde los años 60, de los cuales más de 60 mil son denuncias hechas a partir del inicio del sexenio de Calderón, en 2006.

A la par, después de la reforma a la Ley de Amparo de 2013, en la que se les dio más atribuciones a los jueces para actuar ante desapariciones forzadas, los amparos buscadores también han aumentado, pero aún a niveles raquíticos, de 87 ese año a 137 en 2014, 188 el año siguiente, 240 en 2016 y 284 en 2017.

La mayoría, el 57 por ciento, fueron admitidos, pero en ellos el 84 por ciento de los sentidos de las resoluciones de los jueces fue el sobreseimiento, es decir que los juicios terminaron sin resolverse el fondo, según un estudio realizado por Javier Yankelevich, quien era investigador del Centro de Estudios Constitucionales de la SCJN.

En un caso desechado, el amparo indirecto 723/2017, la madre declinó ratificar su demanda porque su hijo le fue entregado, y aunque regresó golpeado y estuvo una semana desaparecido, no se investigó a las autoridades responsables.

En entrevista, Yankelevich, quien actualmente forma parte de la Comisión Nacional de Búsqueda, consideró que el amparo en su figura de habeas corpus está subutilizado por las víctimas, pero también por los jueces.

“En México esto no se conoce, se usa muy poco, los jueces mismos no acaban de ponerse de acuerdo qué es lo que la ley exige de ellos”, explica.

“Karla Macías y Magdalena Hipólito son dos de las juezas más creativas jurídicamente y más valientes en un sentido material, de meter el cuerpo y buscar a las personas de forma directa, confrontar a autoridades poderosas en su búsqueda de personas, pero hay muchos otros jueces que no tienen nada cercano a eso, que no acusan ninguna diferencia entre lo que hacían antes del cambio legal de 2013 y lo que hay ahora”.

Ejemplo de ello son jueces que para dar trámite al amparo exigen que la demanda sea ratificada por la víctima directa, es decir, por la persona que está desaparecida.

Para Santiago Corcuera, ex presidente del Comité contra las Desapariciones Forzadas de las Naciones Unidas, los jueces deben tener una participación preponderante ante la desaparición de personas, no sólo en la búsqueda, sino en el enjuiciamiento de los perpetradores y en la emisión de la declaratoria de ausencia, para el beneficio de los familiares de la víctima.

Señala jueza a militares
Juan Flores Solorio estaba a punto de meterse a bañar en su casa de la comunidad La Estrella, en Pénjamo, Guanajuato, cuando un militar se brincó a su patio trasero y abrió la puerta a otros soldados.

Eran alrededor de las 21:00 horas del 25 de noviembre de 2015, y aunque su nuera y su esposa se dieron cuenta de la irrupción, no pudieron evitar que el hombre fuera detenido sin ninguna orden judicial.

Esa misma noche, a las 23:25 horas, los soldados entregaron a Flores Solorio a la Policía Municipal, supuestamente por una falta administrativa. Los uniformados adscritos al Octavo Regimiento Militar Blindado de Reconocimiento registraron oficialmente que la detención se dio durante un operativo conjunto, con agentes municipales y estatales, porque el hombre les gritó “soldados hijos de su chingada madre, ojalá que se mueran”.

En la madrugada del día siguiente, a las 5:35 horas, Flores Solorio salió libre. Minutos después, los mismos militares lo volvieron a capturar y desde entonces no se sabe su paradero, víctima de desaparición forzada.

La reconstrucción de los hechos no es producto de investigaciones hechas por alguna organización no gubernamental ni deriva de la labor de agentes del Ministerio Público, como debería ocurrir. Es el resultado del trabajo de Karla Macías, Juez Noveno de Distrito con residencia en Irapuato, y que está incluido al resolver una demanda de amparo interpuesta por la esposa de Flores Solorio.

Aunque la víctima sigue sin aparecer, en la sentencia de casi 300 páginas que la jueza emitió un año después quedó plasmada la intensa búsqueda que realizó, en una de las pocas resoluciones de fondo que se han emitido en todo el País por amparos contra desaparición forzada, como reclasificó los hechos después que la esposa sólo acusara una detención arbitraria.

Con celeridad inusual, Karla Macías pidió las grabaciones captadas esa noche por cámaras de seguridad, las cuales recibió el 30 de noviembre, es decir, 5 días después de los hechos.

Gracias a ese material, en la sentencia del amparo indirecto 1035/2015-VIII se hace una minuciosa reconstrucción minuto a minuto del momento en que Juan Flores Solorio sale de las instalaciones de la Policía de Pénjamo.

La jueza Karla Macías pidió las grabaciones que captaron la salida de Juan Flores Solorio de las instalaciones de la Policía de Pénjamo en noviembre de 2015:

1.- En un primer momento se ve al hombre salir de la Policía Municipal.

2.- Atrás de él pasan tres hombres y luego una camioneta pick up.

3.- En la toma de la siguiente cámara de seguridad sólo se observa la camioneta.

La jueza obtuvo del Ejército el número de la patrulla militar y el nombre de los soldados que patrullaron esa noche, quienes se encontraban bajo las órdenes del teniente Erick Adrián Catalán Alamán, según la propia sentencia. También acudió personalmente a la casa de la víctima y recabó testimonios de vecinos que vieron cómo un soldado se saltó la barda de la casa. Y entrevistó a diversas autoridades estatales y municipales que desmintieron la versión de un operativo conjunto.

Con esa y otra información, Karla Macías dictó una sentencia con efectos muy amplios al dar por acreditado que militares cometieron violaciones a derechos humanos. Por ejemplo, como medida de satisfacción ordenó que la investigación debía pasar del fuero común a la Fiscalía Especializada de Búsqueda de Personas Desaparecidas de la entonces PGR, la cual debía indagar la desaparición forzada.

Tanto la PGR como la Sedena recurrieron la resolución, dictada el 1 de junio de 2016, argumentando básicamente que la juez de distrito se extralimitó en sus funciones e invadió la competencia del Ministerio Público, por lo que el caso fue enviado al Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Sexto Circuito, que a su vez lo envío a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, donde está pendiente que sea resuelto por la Primera Sala.

Exige jueza entrar a separos
Como pocos jueces, Magdalena Hipólito dejó su escritorio y acudió personalmente a los separos de la Procuraduría General de la República (PGR) en Monclova, Coahuila, para buscar a Juan Carlos Moreno Zavala, luego que su madre presentara un amparo.

Los agentes no le permitían el acceso, pero la jueza del Quinto Distrito de Coahuila se impuso y entró. En las celdas estaban otros sujetos que habían sido detenidos junto con Moreno Zavala por elementos del Grupo de Armas y Tácticas Especiales (GATE), el entonces grupo de élite de la Policía de Coahuila.

Los sujetos tenían signos de tortura, estaban severamente golpeados y con despellejamientos. Entonces exigió a los agentes que la escoltaban que se retiraran del lugar.

“Quienes en ese momento estaban detenidos, se mostraron con nerviosismo evidente, volteándose los unos a los otros, agachando la mirada, por lo que la juzgadora los instó a que proporcionaran algún dato para localizar a la persona buscada”, se lee en la resolución del juicio de amparo 320/2013.

“En ese momento, una persona que dijo llamarse **********, a través de su lenguaje corporal hizo referencia al posible fallecimiento del quejoso directo, al cruzar con su dedo pulgar su cuello del lado izquierdo al lado derecho”, se lee en la inusual descripción.

Ya en el lugar, la jueza Hipólito levantó demandas de amparo a los detenidos y liberó a un menor de edad que estaba recluido indebidamente.

La madre de Juan Carlos Moreno Zavala presentó la demanda de amparo por detención ilegal e incomunicación de su hijo el 20 de junio de 2013.

A las 15:45 horas de ese día, la jueza ordenó a las autoridades acusadas suspender los actos que se reclamaban en la demanda, es decir terminar con la detención ilegal y la incomunicación. Y les ordenó informar al respecto en un plazo de tres horas.

A las 18:40 horas, la jueza acudió a los separos. Después recibió el informe de las autoridades acusadas, quienes negaron tener a la víctima.

A las 20:00 horas, se dio trámite a la demanda de amparo, pero reclasificado como desaparición forzada.

Según un artículo publicado en la Revista del Centro de Estudios Constitucionales por Javier Yankelevich, esa noche la Subprocuraduría de la PGR envió a los detenidos en avión a Hermosillo, Sonora, donde un juez de Distrito les dictó auto de formal prisión.

“Por obvias razones no deseaban consignar a los detenidos en Monclova, pues el Juzgado Quinto es mixto, además de los amparos podía tocarle calificar la legalidad de las detenciones”, deduce Yankelevich.

Con la reclasificación del acto reclamado a desaparición forzada, la jueza Hipólito activó el último párrafo del artículo 15 de la Ley de Amparo, que le obliga a “requerir a las autoridades correspondientes toda la información que pueda resultar conducente para la localización y liberación de la probable víctima”.

En este punto, los jueces sueles considerar que mandar oficios es requerir toda la información conducente. Pero Hipólito todavía hizo una diligencia el 28 de junio en la base de operaciones del GATE, donde encontró el vehículo de la víctima.

El 17 de julio, luego de una llamada anónima, el cuerpo de Juan Carlos Moreno Zavala fue hallado en una fosa séptica. El Juzgado Quinto sobreseyó el caso el 30 de septiembre.

Llaman a jueces
A pesar de sus cargas de trabajo, los jueces deben tomar un rol más activo ante casos de desaparición de personas, urgió el Ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), José Ramón Cossío.

Por ello, el abogado trabaja, junto con autoridades y colectivos de personas con familiares desaparecidos, en la elaboración de protocolo de actuación para jueces, en caso de que reciban amparos.

En entrevista, Cossío considera que la desaparición de personas es uno de los fenómenos más serios que vive México, pese a lo cual desde hace varios sexenios no se ha encontrado el camino para enfrentarlo.

“El juicio de amparo podría ser uno de los elementos más importantes de búsqueda, hay una función que se llama de habeas corpus, que significa, en una copia al derecho inglés y al derecho estadounidense, que es poner el cuerpo de una persona frente al juez para que no sea golpeado, torturado, fusilado”, explica.

“Lo que está aconteciendo es que el amparo, en su función de habeas corpus, no ha sido desarrollado a nivel nacional, está en una situación francamente subutilizada”.

Sin embargo, destacó que las juezas Karla Macías y Magdalena Hipólito han marcado una ruta diferente.

“El hecho de que la juez Macías y la juez Hipólito hayan sido muy valientes, decididas, inteligentes, no quiere decir que esté siendo la forma ordinaria de actuar de los jueces de distrito”, aclara el Ministro en retiro Cossío.

“¿Por qué entonces es importante hacer un protocolo? Porque me parece que es importante decirle a los jueces que estos fenómenos, muy desafortunados, tienen que ser tratados de una manera distinta y, como todo protocolo, darles unas instrucciones relativamente precisas acerca de cómo pueden actuar”.

Agrega que, además del protocolo, se debe sensibilizar a los jueces sobre la importancia del amparo en su figura de habeas corpus.

“En esta materia los jueces tienen que autoempoderarse, no esperar a ser empoderados, y generar al interior de sus juzgados, y a pesar de todas las cargas, un equipo que en caso de recibir una demanda de amparo por desaparición generen todo este mecanismo rápido y para eso podría servir el protocolo”, destaca Cossío.

Cuestionado sobre la carga de trabajo que podría impedir que los jueces tomen un rol más activo en casos de desaparición, Cossío considera que entonces deberían generarse las instancias judiciales que tengan el tiempo para hacer una función tan importante.

“Eso puede implicar la creación de más juzgados, de juzgados especializados, se puede crear la jurisdicción de un juzgado competente, habría que ponerle imaginación”, comenta.

“Así, en principio, no les da la vida (a los jueces para atender los amparos), pero creo que el fenómeno es tan extraordinariamente grave que si no se están generando los tiempos es un problema del sistema judicial”.
 

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