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Subsidia IMSS hasta 354 días para cuidar a hijos con cáncer

jueves, 11 de noviembre de 2021 · 03:23

KARLA PADILLA/EL VIGÍA
kpadilla@elvigia.net | Ensenada, B. C.

Madres y padres asegurados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que tienen hijos diagnosticados con cualquier tipo de cáncer, pueden tramitar la Licencia 140-Bis, que les permite dedicar el tiempo requerido por el niño durante su tratamiento contra la enfermedad.
Alva Artemiza Adame Aguillón, encargada de Salud en el Trabajo, Prestaciones Económicas y Sociales del IMSS Baja California, el beneficio se aplica desde el 5 de junio de 2019 y desde entonces se han otorgado 220 licencias en la entidad
Indicó que la Licencia 140-Bis establece que el padre trabajador asegurado podrá ausentarse de sus labores para proporcionar cuidados médicos a su hijo menor de 16 años que haya sido diagnosticado con cáncer, durante los periodos críticos del tratamiento.
Las licencias son otorgadas de uno hasta 28 días, el número de días subsidiados máximo es de 354 días distribuidos en 3 años y pueden implicar el pago de un subsidio equivalente al 60 por ciento del salario registrado en el IMSS, explicó.
Adame Aguillón resaltó que el trámite puede realizarse mediante la aplicación IMSS Digital o a través de la página oficial del IMSS imss.gob.mx/oncologia-pediatrica/licencia, en donde tienen a su disposición diferentes servicios para mejorar la administración de las Licencias otorgadas y evitar traslados a las unidades médicas, administrativas y bancarias.
Entre ellas solicitar nueva licencia; actualizar datos; asociar el NSS para licencia; actualizar la cuenta Clabe; consultar el historial de licencias y modificar licencias.
“En caso de tramitarlo presencialmente, será el médico tratante (especialista de segundo nivel) quien emita el documento”, puntualizó.
Adame Aguillón precisó que el subsidio correspondiente solo se puede recibir a través de acreditamiento en la cuenta bancaria del padre beneficiado y aplica únicamente para alguno de los padres alternándose entre padre y madre del menor diagnosticado con cáncer; en ningún caso, se podrá otorgar el mismo periodo de licencia a ambos padres trabajadores del menor.
Por último, detalló que el subsidio contempla el pago del 60 por ciento del salario diario de cotización registrado por el patrón a partir del primer día de su vigencia y, el asegurado deberá contar al menos con 30 semanas de cotización en los 12 meses previos al diagnóstico, o bien, 52 semanas cotizadas inmediatas previas al inicio de la licencia.

 

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