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Aprueban diputados municipalizar el agua

Reforman la Ley que Reglamenta el Servicio de Agua Potable y a Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California
jueves, 29 de julio de 2021 · 00:00

Redacción/EL VIGÍA
Mexicali, B. C.

El Pleno de la XXIII Legislatura del Estado aprobó con 13 votos a favor, 11 en contra y una abstención el dictamen Número 4 de la Comisión de Energía y Recursos Hidráulicos, mismo que contiene reforma a diversos artículos de la Ley que Reglamenta el Servicio de Agua Potable en el Estado de Baja California.

Mediante este dictamen, leído en la sesión ordinaria por el legislador Elí Topete Robles, se avala otorgar a los municipios las atribuciones para que presten servicios públicos de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales.

Además, se facultó a la Secretaría para el Manejo, Saneamiento y Protección del Agua a coadyuvar con los municipios, en la formulación conjunta de los planes y programas específicos para el abastecimiento, tratamiento de aguas, captación, tratamiento y uso eficiente de aguas pluviales.

El documento señala que el diseño, planeación, gestión y coordinación de las políticas públicas en materia de agua en Baja California estará a cargo del Ejecutivo del Estado, quedando la proyección, dirección y ejecución de las obras de captación, conducción y distribución de los Sistemas de Agua Potable para el servicio público de las poblaciones del Estado, a cargo de los organismos señalados en la Ley, y se efectuarán de acuerdo con las necesidades que demande el servicio y con sujeción a las disposiciones legales sobre la materia.

HABRÁ INDEPENDENCIA
Explica que el importe de las obras de conducción, distribución, conexión de las redes a los sistemas generales de las ciudades, tomas de agua, descargas de aguas negras, u otras, serán los que fijen cada uno de los organismos encargados del servicio, de acuerdo a los costos que para éstas tengan dichas obras.

Expone que la obligación de pago de las cuotas por consumo de agua y por realización de las obras que ejecuten los organismos encargados del servicio y sus accesorios, tendrá el carácter de fiscal, correspondiendo a dichos organismos la determinación de los créditos y de las bases para su liquidación, la fijación de la cantidad líquida y su percepción.

Respecto de las cantidades que no hubieren sido cubiertas directamente al organismo encargado del servicio, el cobro se realizará a través del procedimiento económico-coactivo, el importe del cobro que se recupere del procedimiento, deberá ingresarse al patrimonio de la referida corporación que corresponda.

EJECUCIÓN DE LAS OBRAS
Serán atribuciones de los Organismos encargados del servicio de agua: Todo lo relativo al cumplimiento y realización de los sistemas de agua potable. Así como la a que se refieren dichos sistemas.

Y, la determinación de créditos fiscales y recaudación de los derechos, aprovechamientos y contribuciones de mejoras que conforme a las Leyes aplicables y a los convenios que celebren.

El documento en cuestión atiende la iniciativa del gobernador Jaime Bonilla Valdez, y fue presentada por conducto del secretario general de gobierno Amador Rodríguez Lozano, ante Oficialía de Partes del Congreso del Estado.

La propuesta reforma los artículos 1, 14, 15, 17, 19, 20, 52, 57, 67, 91, 101 y 108, y adiciona los artículos 122, 123 y 124 de la Ley que Reglamenta el Servicio de Agua Potable en el Estado de Baja California, así como el artículo 38 BIS de la Ley Orgánica de la Administración Pública estatal.

 

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